En su escrito la Fiscalía recoge que el acusado, mayor de edad y sin antecedentes penales, publicó el 6 de diciembre de 2017 en Twitter una fotografía, que formaba parte del sumario por ese caso que en ese momento estaba inconcluso, en la que «aparecía parte del rostro de una mujer -la víctima- manteniendo relaciones sexuales con un hombre».
El acusado, señala, obtuvo la imagen por algún medio que se desconoce y la publicó «conociendo a quién correspondía y que procedía del citado sumario», lo que corroboraba el mensaje que escribió en el que la identificaba como «la chica supuestamente violada por la Manada» y señalaba que la joven había pedido que no se difundieran las imágenes, apuntando que quizás lo había hecho para que no se pensara que «era una golfa borracha».
La fotografía iba acompañada de un comentario obsceno y explicito sobre la agresión, que en un día fue compartido dieciséis veces, marcado con un like trece veces y que generó 64 comentarios.
Estos hechos son constitutivos de un delito de revelación de secretos por lo que, según la Fiscalía, procede imponer la pena de un año y nueve meses de prisión y la indemnización a la víctima con 6.000 euros pro el daño moral causado
3 comentarios
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Hola. Per razonable... No entrarà a presó si no té antecedentes penals...
No es por lo que haya dicho. El delito es la revelación de secretos.
No creo que nadie deba entrar en prisión por decir una barbaridad en twitter. Sólo se consigue que tengamos que pagarle la manutención durante el tiempo que sea. Sin embargo una importante sanción económica sería al mismo tiempo disuasoria y podría beneficiar a la parte ofendida. Es mi opinión.