¿Cómo puedes solicitar el borrador?
Este año, una de las novedades de la Renta, es que la Agencia Tributaria ya no envía a los domicilios el borrador. Así que sólo hay dos maneras de consultarlo. Por una lado, a través de la aplicación puesta en marcha y por otro a través de la página Renta Web.
Hay tres formas distintas para poder acceder a tu borrador de manera online:
■ Certificado electrónico o DNIe: Es imprescindible que el ciudadanos disponga de un DNI electrónico o un certificado electrónico, que emite la Real Casa de la Moneda. Una vez que disponga de ello, debe ir a la web, pinchar en 'Con certificado electrónico de identificación o DNI electrónico' y, después, seleccionar el certificado. Una vez dentro se puede visualizar, incluso modificarlo y enviarlo.
■ Número de referencia: Otra opción es solicitar un número de referencia para acceder al servicio Renta Web. Se puede solicitar desde la página de la Agencia Tributaria. Para obtener este número que finalmente te permitirá acceder al borrador dispones de varias opciones. Puedes conseguirlo mediante la casilla 475 de la Renta 2017, obtener el número mediante Cl@ve PIN (si está registrado en el sistema) u obtenerlo mediante certificado electrónico o DNIe.
En el primer caso, te solicitarán NIF o NIE, el número de la casilla 475 de la Renta 2017, y teléfono móvil.
■ Cl@ve Pin: Debes elegir una clave y un PIN (notificado por SMS). Este último solo puede utilizarse una única vez y durante los primeros 10 minutos desde su recepción. Para obtenerlo es necesario un registro previo.
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