El fiscal de sala coordinador de Seguridad Vial, Bartolomé Vargas, ha presentado este jueves datos relacionados con la siniestralidad vial de colectivos vulnerables y de los novedosos patinetes eléctricos, además de dar a conocer las instrucciones de la Fiscalía para las Policías Locales para hacer frente a la «eventual responsabilidad penal de los conductores de Vehículos de Movilidad Personal (VMP)». «Es una cifra relevante como para esmerarse», ha puesto de manifiesto el fiscal.
De hecho, ciudades como Sevilla no carece aún de datos segregados sobre accidentalidad de patinetes eléctricos y vehículos similares, al igual que sucede en Málaga, mientras que Madrid solo los tiene contabilizados desde el 23 de octubre de 2018, fecha de entrada en vigor de su Ordenanza de Movilidad. Asimismo, la Fiscalía sospecha de una cifra «negra» de siniestralidad debido a la falta de denuncia unida a la fuga del autor.
Según datos de la Fiscalía sobre patinetes, la cifra es mayor en cuanto a número de denuncias por infracciones administrativas, ya que «no están siempre cuantificados». Solo en la ciudad de Barcelona se impusieron 2.330 denuncias. «Hay procedimientos judiciales en marcha», ha avisado.
«Hay la idea de que el patinete es un juguete, pero no solo es un juguete, sino que obliga a responsabilidades muy relevantes. Observamos que desde su fabricación hasta que llega al usuario, no hay apenas normativa, hay una situación de alegalidad», justifica el fiscal las indicaciones, tanto sobre los requisitos técnicos de diseño y fabricación como de comercialización.
Por ello, el oficio de la Fiscalía considera que al ser productos industriales que suponen riesgos para la seguridad «podrían ser de aplicación las normas nacionales sobre productos de esta índole y seguridad industrial, así como de defensa de consumidores y usuarios».
Entre las principales causas de accidente en los que intervienen los denominados Vehículos de Movilidad Personal (VMP), la Fiscalía señala la falta de control sobre los posibles eficiencias o carencias técnicas del vehículo, a la velocidad del patinete en relación con las circunstancias del tráfico, su irrupción súbita y sin control en la vía o el atravesar la calzada en rojo para los peatones, «subrayándose la dificultad de convivencia en los carriles-bici con los ciclistas, así como con los peatones y vehículos de motor».
«En todo caso, falta conciencia de respeto a las normas», indica el escrito de la Fiscalía sobre los usuarios de patinete. Según apunta Vargas, aunque la mayoría de conductores sí respetan las normas, «hay ya una minoría» que no lo hace.
Responsabilidad penal
Según el oficio de la Fiscalía remitido a las Policías Locales, los patinadores deberán someterse a la Ley de Seguridad Vial en la misma calidad en como lo hacen actualmente los ciclistas. Así, los conductores de patinetes eléctricos no deberán circular sin iluminación por la noche, sin timbre y sin sistema de frenada y demás sistemas esenciales de seguridad.
En este sentido, se han dado instrucciones para que se incrementen la supervisión de estos elementos, para evitar especialmente «comportamientos perturbadores» con aquellos peatones con movilidad reducida y, sobre todo, con discapacidad visual, al ser el patinete un aparato que no emite avisos sonoros.
Además, para el fiscal los VMP no deberían circular por la acera, pero tampoco los ciclistas: «En las zonas peatonales, solo los peatones».
Sobre la responsabilidad penal de los patinadores, Fiscalía entiende que queda constatado que existen determinados VMP que reúnen las mismas características técnicas, potencia de motor y velocidad que los ciclomotores o motocicletas, por lo que se les podrá aplicar el Código Penal.
Así, por ejemplo, en caso de homicidio, la primera muerte en España por atropello de uno de estos vehículos ocurrió en Espugues de Llobregat, se podría aplicar entre uno y cuatro años de prisión, mientras que cuando un patinete causa lesiones por una imprudencia grave, la pena podría oscilar entre los 3 meses y 3 años de cárcel, siendo imprudencia grave los siguientes casos: circular de manera indebida por la acera o zona peatonal; utilización del móvil, cascos o auriculares durante la marcha; conducción bajo los efectos del alcohol y/o drogas; o circular por la calzada con niños en patinetes diseñados para una sola persona.
Otro tema del que ha advertido la Fiscalía es el de los seguros. Así, cuando se inicie un procedimiento por comisión de un delito, en el atestado deberá figurar los datos de la póliza de seguro municipal o particular del usuario o empresa que gestiona el uso compartido.
Además, se indagará sobre los bienes del responsable para poder instar en el procedimiento judicial las medidas cautelares de embargo pertinentes «en los mismos términos que los ciclistas».
En su escrito, la Fiscalía también destaca la constatación de un «muy extendido desconocimiento por los ciclistas de las normas viales en el ámbito urbano, a diferencia de lo que ocurre en vías interurbanas» y califica como «colectivo vulnerable» a los usuarios de patinetes y VMP en relación al vehículo de motor, con lo que se le aplica así las mismas normas que a los ciclistas, como adelantamientos.
1 comentario
Para comentar es necesario estar registrado en Menorca - Es diari
Creo que los camiones, los autobuses, los coches, las motos, las bicis y los burros también estuvieron implicados en otros tantos accidentes es lógico pensar pues que por la misma regla de 2x3=6 deberíamos prohibirlos. La alternativa es abrir la mente.En fin Serafín