Carme Forcadell de camino hacia el Tribunal Supremo.

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La expresidenta del Parlament Carme Forcadell alega que no se la puede juzgar por rebelión porque en el proceso hacia la independencia no ha habido ni violencia ni un alzamiento como el que se produjo en el golpe de Estado del 23-F, por lo que entiende que sólo se la podría juzgar por desobediencia.

Así lo sostiene Forcadell en el recurso que ha interpuesto ante la sala segunda del Tribunal Supremo después de que el magistrado Pablo Llarena la procesara por rebelión al concluir que su participación en la vía unilateral a la independencia «ha ido de la mano con la violencia manifestada» en las últimas fases del 'procés'.

En el escrito, la abogada de Forcadell, Olga Arderiu, destaca que la expresidenta del Parlament «es una persona absolutamente pacifista» que abandonaría sus ideas antes de «permitir ningún acto violento».

Según el recurso, en Cataluña no ha habido «ningún alzamiento púbico y violento para declarar la independencia», ni se contempló la posibilidad de usar vías que no fueran pacíficas, por lo que la defensa considera que no se puede juzgar a Forcadell por rebelión.

«Ni siquiera el propio auto ahora recurrido se atreve a utilizar el verbo alzarse, absolutamente propio de un real golpe de Estado, como el sufrido por el Estado español en el 23F, en el que se usaron armas de fuego, tropas militares, tanques artillados y se retuvo a 'diputados rehenes' con el fin de establecer una dictadura militar de clara inspiración franquista», apunta el escrito, que asegura que lo ocurrido en Cataluña no es «comparable» con el golpe de Tejero.

Por este motivo, el recurso apunta a que la expresidenta del Parlament debería ser llevada a juicio exclusivamente por un delito de desobediencia, como los demás miembros de la Mesa del Parlament procesados, si bien se tendría que decretar su sobreseimiento libre por encontrarse amparada por la «inviolabilidad parlamentaria».

Forcadell argumenta que «anhelar» la independencia de Cataluña no es delito e insiste en que todas las manifestaciones en defensa del 'procés' han sido «absolutamente pacíficas».

Sobre el asedio a la comitiva judicial que registraba la consellería de Economía el 20-S, una de las bases en las que Llarena sustenta el delito de rebelión, Forcadell remarca que no se produjo un «alzamiento violento y público», sino que se congregaron espontáneamente miles de ciudadanos para ejercer su derecho de manifestación.

«Exclusivamente sufrieron daños dos vehículos de la Guardia Civil, sin que resultara herida, ni siquiera mínimamente, ninguna persona», expone Forcadell, que también alega que el 1-O fueron los agentes de la Policía Nacional y de la Guardia Civil los que «agredieron» a los ciudadanos que estaban «pacíficamente esperando» para ir a votar en el referéndum.

Según el recurso de Forcadell, la declaración de independencia que votó el pleno del Parlament el 27 de octubre pasado no tenía «efecto jurídico alguno», ya que su finalidad era «exclusivamente y en todo momento conseguir iniciar una vía de negociación con el Gobierno central».

De hecho, la expresidenta del Parlament, que el jueves pasado dimitió como diputada de ERC, la víspera de que Llarena la enviara a prisión provisional, remarca en el escrito que acató la aplicación por parte del Gobierno del artículo 155 de la Constitución y aceptó las elecciones del 21-D convocadas por el Ejecutivo central, lo que demuestra «objetivamente» que no había «la más mínima intención de usar la violencia para alcanzar la independencia».

Forcadell alega que, como presidenta del Parlament, se limitó a cumplir las obligaciones establecidas por el reglamento de la cámara, donde «carecía» de facultades para limitar el debate parlamentario o determinar el contenido de las resoluciones adoptadas en el pleno.

«En el remoto caso de haberse cometido algún delito por haber sometido a votación (las resoluciones sobre el proceso a la independencia), Forcadell debería exclusivamente ser llevada a juicio por un presunto delito de desobediencia», remarca el recurso, que no obstante afirma que tendría que ser exonerada ya que como diputada gozaba del privilegio de la «inviolabilidad parlamentaria».

En la misma línea, la exsecretaria primera de la Mesa del Parlament Anna Simó (ERC), procesada por desobediencia, alega en su recurso que se tendría que sobreseer su causa en virtud de la libertad de expresión y la inviolabilidad parlamentaria.

Tanto Forcadell como Simó afirman en su recurso que el caso tendría que pasar al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), ya que los hechos ocurrieron exclusivamente en Cataluña, y denuncian que se han vulnerado sus derechos en un proceso «irregular» en el que no se han respetado sus garantías.