La Audiencia Nacional ha confirmado que juzgará al extesorero del Partido Popular (PP) Luis Bárcenas y al presunto líder de la trama 'Gürtel', Francisco Correa, al considerar que existen «nítidos» indicios de delito contra ellos, que se enfrentan, respectivamente, a peticiones fiscales de 125 años y un mes y 42 años de cárcel.
La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal ha rechazado en 14 autos los recursos de apelación presentados por 24 acusados, entre ellos Bárcenas y Correa, contra el auto que el juez Pablo Ruz dictó el pasado 8 de enero en el que proponía sentar en el banquillo a un total de 42 personas por las actividades que la trama desarrolló en su «primera época», entre los años 1999 y 2005.
El tribunal, que tiene pendientes de resolver los recursos presentados por otros cuatro acusados, rechaza las alegaciones de Bárcenas argumentando que existen suficientes «indicios» de su participación en delitos de corrupción y que «falta justificación» sobre la procedencia de los 48 millones de euros que llegó a acumular en dos bancos suizos.
En relación con las operaciones de compra y venta de obras de arte con las que el extesorero y su esposa, Rosalía Iglesias, trataron de justificar la procedencia de medio millón de euros, el tribunal recuerda que este método «se ha podido utilizar como un medio de ocultar una importante suma a la Hacienda Pública».
De igual modo, los magistrados cuestionan las operaciones que Bárcenas realizó con la empresa de exportación de limones 'La Moraleja', propiedad del extesorero de Alianza Popular (AP) Angel Sanchís, para desviar tres millones de euros, ante «la falta de datos acerca de su existencia en el mundo real».
«Adjudicaciones amañadas»
En el caso de Correa, la Sala califica de «nítidos» y «fuertes» los indicios de delito que existen contra él y considera acreditada su «implicación en la organización delictiva que dirigió, compuesta por un entramado de empresas que controlaba en la sombra, a pesar de no figurar bajo su titularidad».
El presunto líder de la trama se dedicaba supuestamente, según el auto, a «la obtención de favores y adjudicaciones amañadas, cuyas comisiones irregulares repartía para obtener la fidelizacion de las personas implicadas, llevando una contabilidad paralela para evitar las cargas fiscales y un sistema de facturación falsa para ocultar o disimular las operaciones reales».
Los magistrados también rechazan que se haya vulnerado el derecho de los acusados a ser investigados por el juez predeterminado por la ley, como alegó el presunto número dos de la red, el exsecretario de Organización del PP de Galicia Pablo Crespo.
En su auto la Sala esgrime que la situación de Ruz, en comisión de servicios, ha sido respaldada por sucesivos acuerdos del Comisión General del Poder Judicial (CGPJ), que es el órgano que tiene atribuidas las competencias para ello.
Lapuerta se sentará en el banquillo
También rechazan las pretensiones del extesorero del PP Alvaro Lapuerta y del presidente de Sufi, filial de Sacyr, Rafael Naranjo, que invocaron una «enfermedad sobrevenida» para evitar sentarse en el banquillo de los acusados. La Sala les recuerda que será en el acto del juicio oral cuando puedan plantear su situación como cuestión previa.
Otros como el presidente de Constructora Hispánica, Alfonso Garcia Pozuelo, cuestionaron la decisión de Ruz de trocear las actuaciones en dos partes. El tribunal le responde que atender a su pretensión del recurrente podría generar un retraso «injustificado» en el procedimiento, ya que el juez y la Fiscalía Anticorrupción coinciden en la necesidad de celebrar el primer juicio oral.
Los magistrados también recuerdan a la exmujer de Correa, Carmen Rodriguez Quijano, que «a nadie se le imputa por el mero hecho de ser la esposa de otro imputado». «Eso parece claro, aunque se sostenga lo contrario», señala el auto que resuelve su recurso.
Ruz, que dictará el auto de apertura de juicio oral cuando se resuelvan los recursos pendientes, imputa indiciariamente a los 42 acusados los delitos de prevaricación, cohecho, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, fraude a la administración pública, falsedad documental, delitos contra la hacienda pública, blanqueo de capitales, estafa, apropiación indebida y asociación ilícita en el ámbito de la contratación.
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