El borrador de la renta es fundamental para presentar la declaración ante Hacienda. | Ultima Hora

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Uno de los asuntos que más interés genera en la economía familiar es la declaración de la Renta y Patrimonio. La Agencia Tributaria ya informó que la relacionada con el ejercicio 2022 se podía presentar a Hacienda desde el 11 de abril, cuando se abre el plazo para hacerlo por internet, al 30 de junio. Pero para poder hacerlo suele ser habitual solicitar el borrador, por lo que es importante saber cuándo se puede pedir.

La respuesta a esa pregunta es el mismo día que se inicia la campaña de la renta. Es decir, que desde el 11 de abril se podrá solicitar el borrador de la Renta 2022 con los datos fiscales a través de la página web de la Agencia Tributaria. Desde la portada de la web, en el menú superior, hay que abrir el desplegable de 'Información y gestiones' para acceder a la sección 'IRPF', donde a la derecha aparece en 'gestiones destacadas' un enlace al 'servicio de tramitación de borrador' desde el que se puede solicitar.

Es importante para los contribuyentes saber que, una vez introducido el DNI, solo se puede conseguir el borrador de la renta aportando diversos datos identificativos: un certificado, con el sistema Cl@ve o identificando un número de referencia de la declaración de la renta 2021.

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Una vez accedido al borrador, que puede salir a devolver a favor del contribuyente o a pagar a Hacienda, antes de enviarlo es importante saber si se está o no obligado a presentar la declaración, ya que hay no todos los contribuyentes tienen que hacerlo por ley. Este trámite también se puede gestionar desde la página web de Hacienda, aunque si no se está familiarizado especialmente con la terminología económica y las distintas opciones es aconsejable consultar a un experto o acudir a una gestoría para presentarlo.

Como cada año, la Agencia Tributaria habilita el servicio de ayuda a los contribuyentes con el facilitar la confección de la declaración de la renta por teléfono, un servicio que estará operativo desde el 5 de mayo y hasta el 30 de junio. Las personas que deseen realizarla de forma presencial tendrán que esperar al 1 de junio, cuando se abrirá dicha posibilidad, y podrán hacerlo hasta el día 30 de ese mismo mes.

Las solicitudes de cita previa para recibir ayuda de forma presencial estarán operativas desde el 25 de mayo y hasta el 29 de junio. Se pueden acceder al servicio vía telefónica (91 535 73 26 / 901 12 12 24 ó 91 553 00 71 / 901 22 33 44), así como a través de internet desde la web de la Agencia Tributaria.