Decreto 2414/1961 de "actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas: aquellas que constituyan una incomodidad por ruidos, olores o sustancias que eliminen". En el mismo se da la referencia de una distancia mínima de 2Km. a núcleo habitado. LA DEPURADORA DE CASSES VELLES (Sant Lluís), esta causando esto y mucho más. Tenemos derecho a la información ambiental más próxima y a la detención de estas actividades.