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En el año 2003 el Ministerio Fiscal citó a varias familias de Málaga porque tenía conocimiento de que no habían escolarizado a sus hijos. Las familias alegaron que sus hijos recibían en casa clases de música, matemáticas, ciencias y lengua. Tenían, al parecer, una educación ética bastante completa. Los menores ya hablaban cinco idiomas. Los padres dijeron al fiscal que la educación que sus hijos recibían en casa era mejor que la impartida en los colegios públicos y privados de la zona debido a la masificación de las aulas y a los constantes problemas de convivencia. Además, los servicios sociales no habían detectado ninguna deficiencia en la formación de sus hijos. Las familias comentaron que la educación moral, cívica y formativa que daban a sus hijos perseguía el pleno desarrollo de su personalidad en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos fundamentales.

Los argumentos expuestos por los padres no convencieron al Ministerio Fiscal que decidió interponer una demanda para que el juzgado obligase a las familias a escolarizar a sus hijos en el ciclo de enseñanza obligatoria. El Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Coín consideró que los padres no podían negar el derecho y la obligación que tenían sus hijos de participar en el sistema oficial de educación. Los padres tenían derecho a enviar a sus hijos al colegio que deseasen y exigir de los poderes públicos la formación que mejor se adaptase a sus convicciones. Sin embargo, este derecho constitucional no amparaba a los padres a no escolarizar a sus hijos con el pretexto de que solo ellos sabían impartir la educación adecuada.

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Tras pasar por varias instancias judiciales, el asunto finalmente llegó al Tribunal Constitucional. La sentencia nº 133/2010 concluyó que los padres no tenían el derecho a elegir por motivos pedagógicos una educación ajena al sistema de escolarización obligatoria. La patria potestad obligaba a los padres a educar a sus hijos y a procurarles una formación integral. Los padres podían completar la formación de sus hijos fuera del horario escolar. Sin embargo, sus hijos debían estar escolarizados de forma obligatoria desde los seis hasta los dieciséis años. En definitiva, el Tribunal Constitucional consideró que la escolarización era una medida proporcionada que, aunque restringiera en cierta medida la libertad de los padres, estaba justificada por los beneficios que tendría para el menor de edad de cara a la formación plena de su personalidad.

El 'homeschooling' persigue la educación de los hijos exclusivamente en el contexto del hogar familiar o en pequeñas comunidades educativas al margen de las instituciones educativas públicas y privadas. Según su planteamiento, educación no es sinónimo de escolarización. Algunos países –como, por ejemplo, Estados Unidos, Canadá, Reino Unido, Irlanda, Austria, Finlandia o Dinamarca- permiten esta técnica. Aunque se reconozca esta libertad de los padres, la legislación de estos países ha establecido diversos modelos de control público para asegurar un mínimo de eficacia de los contenidos educativos y para evitar que los menores se eduquen en un entorno aislado de la sociedad civil. Otros países –como Alemania- prohíben el 'homeschooling' al considerar que los motivos de conciencia no pueden eximir a los padres del deber de escolarizar a sus hijos.

El rechazo de los padres al sistema oficial de enseñanza plantea numerosos dilemas sociales, éticos y jurídicos. ¿Tienen los padres libertad absoluta para educar a sus hijos en las convicciones religiosas, morales o filosóficas que consideren más adecuadas? ¿Existe algún límite a ese derecho de los padres? ¿Qué ocurre cuando las convicciones que transmiten los padres son contrarias a los principios democráticos y valores constitucionales reconocidos en la sociedad? ¿Se vulnera la neutralidad del Estado cuando se obliga a los padres a escolarizar a sus hijos en un sistema cuyos valores no comparten? La escolarización obligatoria ¿es el único sistema para garantizar una educación plural, abierta, completa que proporcione a los menores de edad las herramientas necesarias para la construcción de su propio camino? Se trata de preguntas de gran calado que obligan a una reflexión del conjunto de la sociedad. Quizá sea el momento de recordar las palabras del escritor británico John Ruskin: «Educar a un niño no es hacerle aprender algo que no sabía, sino hacer de él alguien que no existía».