La justicia no es infalible. A veces se equivoca. Se la puede respetar discrepando de su funcionamiento, e incluso de alguna sentencia, a pesar de que las sentencias se cumplen por mucho que uno no esté de acuerdo con ellas.
Quizás, la justicia se ha equivocado con Joan Cardona. Existen dudas más que razonables de que sea el autor de la agresión sexual que se le atribuye y que le obligó a entrar ayer en la cárcel para cumplir los tres años de condena. La convicción de la víctima en la identificación ha sido determinante y suficiente para declararle culpable, para rechazar todos los recursos e incluso el indulto. Es un caso en que el peso de la prueba recae en demostrar la inocencia y no la culpabilidad. En este tipo de casos la duda razonable no favorece al acusado.
Joan Cardona siempre ha defendido su inocencia. Sin embargo, si quiere disfrutar de permisos y algún beneficio penitenciario, a partir de los 9 meses de cárcel, debe reconocer su culpabilidad. Si no lo hace no podrá ver reducida su condena, ni salir de permiso algún fin de semana, ni alcanzar el tercer grado. Si quiere disfrutar de algún «privilegio» incluso podría tener que asistir a programas de reinserción para agresores sexuales. Es lo que le pasó a Romano van der Dussen, que pasó más de 12 años en la cárcel por un delito sexual que no cometió y a quien se denegaron más de 30 solicitudes de permisos porque no reconocía el delito y se negaba a participar en los talleres de rehabilitación.
Es evidente que en sentido estricto es contradictorio que un condenado no sea culpable, pero si se reconoce que la justicia a veces se equivoca, no habría que condicionar los beneficios penitenciarios a que el reo se resigne a su condena y asuma un delito del que él tiene el derecho personal a considerarse inocente.