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Hoy publicamos la noticia de que el Tribunal Superior de Justicia de Illes Balears ha dictaminado que las malas reseñas en webs no son suficientes para justificar un despedido de un empleado. Se trata, ciertamente, de un caso inédito y de gran trascendencia porque por todos es sabido que de un tiempo a esta parte la buena reputación de los negocios depende, en parte, de los comentarios que recibe en las redes sociales. El caso en concreto se refiere a un empleado que fue despedido en agosto de 2020, después de que usuarios de internet arremetieran contra él por, supuestamente, el mal servicio que daba. El trabajador llevaba veinte años en la plantilla y aquellas quejas fueron suficientes para que los propietarios del negocio decidieran prescindir para siempre de sus servicios. Ahora, la sentencia del TSJIB condena a la empresa por despido improcedente y fija una indemnización de más de 18.000 euros para el afectado.

El poder de las críticas.

El fallo, con todo, pone un punto de sentido común a un asunto que cada día cobra mayor importancia: el poder de las críticas en internet. Es una realidad que muchos negocios han tenido que cerrar sus puertas o no han llegado nunca a despegar debido a los comentarios negativos en webs, a pesar de que en muchos casos se trata de acusaciones inventadas solo para perjudicar al local en cuestión. Es una forma moderna de vendetta empresarial, muy difícil de controlar por la autoridades.

Proporcionalidad.

En este sentido, la sentencia del TSJIB recuerda que las sanciones de la empresa deben ser proporcionales y graduales. Es decir, las quejas planteadas en Google contra el citado trabajador eran, en realidad, faltas leves, que no podían justificar de ninguna manera su despido tras dos décadas contratado. Esta sentencia, pues, puede poner coto a los excesos en internet que se saldan con despidos fulminantes.