Robsy ha enviado el listado de los anuncios ilegales como ciudadano y no como conseller, según especifica él mismo en el registro de entrada, pero lo hizo durante el pleno del lunes del Consell, y después de que el Partido Popular rechazara la mayor parte de los puntos de una moción presentada por el PSOE, en la que, entre otras cosas, se pedía al Consell que requiera a las plataformas la retirada de todos los anuncios que no incluyan la identificación del registro turístico o utilicen uno incorrecto.
Alertador fiable
En la instancia presentada, Robsy recuerda que existe un mecanismo para que el Consell se dé de alta como ‘alertador fiable’, lo que permitiría solicitar a las plataformas la retirada de anuncios que no cumplen la normativa aplicable sin la necesidad de incoar un expediente administrativo, sino simplemente comunicando a la plataforma los anuncios ilegales y las leyes que se vulneran.
Para facilitar el trabajo, el socialista incluye un listado con la identificación de todos los anuncios que no muestran la preceptiva licencia, incumpliendo de esta manera los requisitos de identificación que se establecen en la normativa de la Unión Europea.
En el listado presentado por Robsy figuran un total de 1.563 anuncios en los que no se muestra la licencia turística, lo que según el socialista supone el 38 por ciento de la oferta total del portal en estos momentos, y unas 8.000 plazas no acreditadas.
«Le pido que use esta herramienta para luchar contra la oferta ilegal, porque es mucho más rápida y efectiva que los expedientes sancionadores, que también se tienen que hacer», señaló Robsy durante su intervención. «Si hemos hecho una veintena de expedientes sancionadores en lo que va de año, aunque se amplíe el personal, quedaremos muy lejos de la oferta ilegal que hay en este momento», añadió.
Negativa de los técnicos
La respuesta de la consellera Núria Torrent fue que, según señalan los técnicos del Consell, el marco jurídico actual no permite obligar a las plataformas a que retiren los anuncios hasta que no se haya puesto en marcha un expediente administrativo, a lo que Robsy respondió que desde febrero sí que existe una vía para hacerlo, gracias al mecanismo de los ‘alertadores fiables’, designados de conformidad con el artículo 22 del reglamento UE 2022/2065, que permite agilizar las reclamaciones de infracciones en las plataformas. «Los políticos nos tenemos que fiar de los técnicos, pero no hasta el final. Tenemos que coger la ley y mirar lo que pone», fue la respuesta de Robsy a la consellera.
«Usted ha tenido aquí un poco de soberbia y yo me fío de los funcionarios de la casa», respondió Torrent a su vez, mientras volvía a subrayar que la lucha contra el alquiler turístico ilegal es una de las prioridades del actual equipo de gobierno. «Nunca en tan poco tiempo se habían tomado tantas medidas con relación a este tema», aseveró la consellera.
Impunidad
En el texto de la moción que presentó el PSOE se asegura que entre los propietarios que ofrecen alquileres turísticos ilegales se ha extendido una «sensación de impunidad», que se demuestra con la práctica desaparición de la oferta de contratos de alquiler habitual, que han sido sustituidos «por contratos de arrendamiento de temporada de octubre a mayo, dedicándose, con toda probabilidad, al alquiler turístico ilegal de junio a septiembre». Por ello, los socialistas remarcan que «es necesario poner en marcha nuevas propuestas que puedan tener un mayor alcance y efectividad».
El apunte
Entra en vigor el nuevo Reglamento de Servicios Digitales de la UE
89 comentarios
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esfumadoSi es cierto,vaya gentuza.Y por aquí sectarios antipperos como estomagos agradecidos.
baixamanerS'illa,la controla el Gob i es seus amics millonaris,ingenuo!!!!
MinorquismoLo que dice la norma turística es que se presupone, si se comercializa por días o semanas. Y Airbnb te factura siempre la limpieza aparte. Si el anuncio permite contratarlo por días o semanas, es turístico, independientemente de que el contrato que se firme, en un caso concreto, sea de temporada. La norma habla de publicidad, y distingue respecto a la parte de contratación.
Independientemente de que el PSOE no hiciera nada cuando mandaba, y de hecho con su pasotismo permitiera que esto se desmadrara, ahora que el tal Robsy ha sacado esa lista y ha propuesto que se actuara conforme lo que permite la ley, me da que la Núria Torrent ha sido pillada con el paso cambiado. A mi modo de entender, ha salido por peteneras, mostrando ineptitud, pues debería conocer la posibilidad de actuar usando el mecanismo de "alertador fiable". Pero esa gentuza, trabaja para los amigotes y no para el bien común. Que Menorca está sufriendo de la saturación y una parte de culpa la tienen los propietarios tramposos (que nos escatiman impuestos) que se pasan las leyes por la entrepierna, es un hecho. Y caer en el tópico "no hicistéis nada cunaod podíais" no solo no soluciona el problema sino que blanquea la inoperancia, la ineptitud y la dejadez de unos y otros.
AritméticoCon alguien viajando a la isla por trabajo (teletrabajo o trabajo in la isla), que busca su proprio servicio de limpieza, pone su reserva (a nombre de empresa o au nombre proprio) a traves de airbnb, se puede acreditar que la finalidad de la comercialización es diferente a la turística. Otra ves yo penso que te equivocas: airbnb no es solo un canal de oferta turística.
esfumadoA ver. Que es poner un número "real" cuando das de alta el anuncio. Si no lo haces, es porqué no quieres ¿Porque se tiene que perseguir a la gente para que haga lo que debe? Pon el número, y punto. Que no se te pide que escales el Everest. Seguro que ninguno se ha olvidado de poner el NIF ni el numero de cuenta para poder cobrar...
Minorquismoart. 50 de la Ley de Turismo de Baleares: 13. Las estancias que se comercialicen turísticamente tienen que consistir en la cesión temporal del derecho de disfrute de la totalidad de la vivienda por periodos de corta duración, entendidos como estancias por días o semanas, sin que una estancia pueda ser superior a un mes. 14. Se presume que hay comercialización de estancias turísticas si se comercializan en condiciones de uso inmediato, por periodos de corta duración y no se puede acreditar que la finalidad de la comercialización es diferente a la turística. El criterio que sigue la inspección es, precisamente, el que te he explicado. Y en la LAU que citas, mira el art. 5, que habla de arrendamientos excluidos de su ámbito: e) La cesión temporal de uso de la totalidad de una vivienda amueblada y equipada en condiciones de uso inmediato, comercializada o promocionada en canales de oferta turística o por cualquier otro modo de comercialización o promoción, y realizada con finalidad lucrativa, cuando esté sometida a un régimen específico, derivado de su normativa sectorial turística Por lo tanto, la LAU se desentiende y resulta de aplicación la normativa turística balear, que dice lo que dice. De nada.
AritméticoTe equivocas, mira por favor la Ley 29/1994, de 24 de Noviembre, de Arrendamientos Urbanos (LAU). No es tanto la duracion que el uso y los servicios que tienes a mirar con contratos de arrendamiento de temporada.
esfumadote has tirado, de acuerdo con los registros de la aplicación, cerca de 3 horas escribiendo mensajes esta madrugada. Si a las 3 de la mañana estás todavía marcándote soliloquios en los comentarios del Menorca es que tu odio por este señor no es ni medio normal y te ha desvelado... busca ayuda. La otra opción es que trabajes en un turno de noche y te aburras muchísimo. ¿Has pensando en poner un alquiler turístico ilegal y mejorar tus ingresos? Dicen por aquí que en realidad no es tan ilegal, te sacarías una pasta limpia de impuestos y le estarías haciendo un favor a todos los menorquines. Háztelo mirar, corazón.
esfumadoDeja ya de decir chorradas, hombre. Según los datos oficiales, nadie en Menorca cobra en negro. JAJAJA...