La Demarcación de Costas en Balears ampliará la zona de Dominio Público Marítimo-Terrestre (DPMT) en Cala Tirant, desplazando los hitos sobre terrenos privados en un tramo de 1.564 metros de longitud. Una medida que afectará a nueve propiedades y que busca adaptar el deslinde a la Ley de Costas 22/1988. Según el artículo 3.1 de esta norma, «forman parte del DPMT las marismas, albuferas, marjales, esteros y, en general, la parte de los terrenos bajos que se inundan como consecuencia del flujo y reflujo de las mareas, de las olas o de la filtración del agua de mar».
Una definición que, defiende este organismo público, se corresponde con los terrenos situados en la parte posterior de la playa. «Todo el tramo a deslindar, comprendido entre los vértices 769h y 778f, se trata de una zona húmeda litoral mixta, que se encuentra separada del mar, en determinadas épocas del año, por una barra de arena. Se trata de una zona inundada que se encuentra en la desembocadura del Torrent de Tirant cuya agua se caracteriza por presentar afinidad geoquímica con el agua marina y salinidad de leve a moderada», señala el expediente.
Los terrenos afectados por este deslinde están definidos como suelo no urbanizable y se aplica una franja de servidumbre de protección de 100 metros, la cual «recae sobre todo el tramo a deslindar».
Con el nuevo deslinde, Costas pretende «determinar y fijar el dominio público marítimo-terrestre y asegurar su conservación», concretando «las servidumbres legales de tránsito y protección, así como la ribera de mar cuando no es coincidente con el DPMT».
La zona en cuestión es «un humedal litoral, asociado a Cala Tirant y a la parte final del torrente Lluriac Nou, que desemboca procedente del interior de la isla». Allí, define el documento, «en la parte trasera de Cala Tirant se desarrolla un sistema dunar que penetra profundamente hacia el interior, en cuyo extremo occidental desemboca el torrente formando una balsa de desembocadura, con abundante vegetación, y más al interior aguas arriba del torrente, aparecen zonas inundables y varias balsas temporales».
Así, actualmente, la línea que delimita la zona de dominio público abarca el sistema dunar y parte de la zona de marina baja. Y con la modificación del trazado del deslinde quedará incorporado al dominio público la superficie donde se encuentran los humedales permanentes. En cambio, no será así con los humedales temporales, que se extienden más al suroeste.
La propuesta de deslinde de Costas se centra en el humedal permanente, por tratarse «estrictamente» del área influenciada por «infiltraciones de las aguas del mar a través de los sedimentos arenosos». No ocurre así en el humedal temporal, que se queda fuera del nuevo trazado porque, «aunque presentan cierta salinidad (...) no hay evidencias de que sea consecuencia de la influencia directa del mar», sino que podrían proceder de los acuíferos.
El expediente estará a disposición de los interesados en el portal web de Costas, durante 20 días hábiles, a contar desde el 3 de enero, y podrán presentarse alegaciones.
El apunte
La Audiencia Nacional frenó el deslinde al caducar el expediente
Este proceso para modificar la zona de dominio público de Cala Tirant vive ahora un nuevo capítulo, después de que en 2015 la Audiencia Nacional frenara el primer intento. La Orden Ministerial del 20 de febrero de 2009 aprobaba el deslinde de bienes de DMPT del tramo de costa de unos 92.327 metros de longitud, que comprende todo el término municipal de Es Mercadal, pero en lo relativo al tramo de Cala Tirant, el tribunal estimó un recurso contencioso-administrativo. Concretamente, por una demanda que incidía en que, entre el inicio del expediente (6 de marzo de 2007) y la notificación de la resolución (31 de marzo de 2009) se habían superado los 24 meses de proceso que fija la Ley de Costas. Por tanto, la Audiencia consideró caducado el trámite.
Sin comentarios
Para comentar es necesario estar registrado en Menorca - Es diari
De momento no hay comentarios.