El PTI pendiente de aprobación definitiva flexibiliza las opciones de reforma de fincas y les permite el servicio de comida aunque no den alojamiento en suelo rústico | Josep Bagur Gomila

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Las licencias que no hayan podido tramitarse estos dos últimos años por no adaptarse a la aprobación inicial de la revisión del    Plan Territorial Insular (PTI), tienen ahora una nueva oportunidad debido al retraso administrativo de dos años en la aprobación definitiva del documento. Esta demora en su aprobación deja sin efecto las exigencias de sostenibilidad en cuanto a recursos como el agua y la suficiencia energética, que se habían endurecido para cualquier tipo de edificio que se haga en el campo, nuevo o reformado; también se aparcan novedades como que los llocs puedan tener restaurante aunque no sean alojamiento, o la limitación de 50 plazas en hoteles rurales, pero eso no implica que puedan tramitarse nuevos proyectos en el campo o llevar a cabo reformas en bouers que supongan un aumento de plazas turísticas, estas tienen que ser agrarias porque una normativa de rango superior, la ley autonómica 3/2022, impide con la moratoria turística, ese crecimiento.

Sin embargo la situación es compleja o por lo menos «rara», como la calificó ayer la propia directora insular de Ordenación Territorial, Verónica Llufriu, porque ahora mismo, al decaer la medida cautelar de suspensión de licencias el pasado 17 de enero, rige el PTI de 2003 con sus modificaciones de 2006 y aquellos artículos de la Norma Territorial Transitoria (NTT), aprobada bajo gobierno del Partido Popular, que siguen vigentes ya que su derogación en 2017 fue parcial.

En algunos ayuntamientos ya se han registrado peticiones de información sobre la situación urbanística actual y se han generado dudas en torno a cuestiones como que se puedan crear nuevas plazas turísticas pero sin que salgan al mercado y se comercialicen, en letargo a la espera de una posibilidad futura.

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La aplicación de este nuevo marco normativo no es sencilla, en los expedientes a tramitar hoy día rigen el plan antiguo y la NTT, «es un lío para los que resuelven licencias, y con la inseguridad jurídica adicional de que no se sabe cuándo tendrá lugar la aprobación definitiva del nuevo PTI», declaró ayer la ex consellera del PP y abogada Marta Vidal, artífice de la norma transitoria en su etapa como responsable. En su opinión iniciar ahora mismo cualquier proyecto es delicado y la situación generada lo que puede provocar es que se dilate en el tiempo la concesión de licencias por parte de los ayuntamientos.

Llufriu por su parte recuerda que las licencias deben adaptarse a la normativa vigente en el momento en que se registra un proyecto, y que desde que se aprobó inicialmente la revisión del PTI, en diciembre de 2021, hasta ahora, todos los proyectos se han informado «teniendo que cumplir ambos planes, el 2003-2006 y el nuevo de 2020, ahora con esos dos años transcurridos rige la normativa anterior».

Reconoce la directora insular que la sostenibilidad es un «pilar de la revisión» del PTI aprobada de forma inicial, porque representaba un salto cuantitativo y cualitativo respecto al plan de 2003, y ahora esas medidas de ahorro de agua o casi la autosuficiencia energética en nuevas construcciones en rústico «desgraciadamente queda flojo, no existe la fuerza de exigirlas», hasta que no se pueda aprobar el PTI definitivamente. Aunque Llufriu señala que también hay normas posteriores a 2003 y superiores que son estrictas en cuanto a sostenibilidad en las nuevas obras, una de ellas el propio código técnico de edificación para obra nueva de cualquier uso, aprobado en 2007 y que con posterioridad se ha renovado. «El PTI lo que hace es establecer medidas adicionales», afirma.

Las claves
  1. Decreto ley 10/2022: límite a las piscinas

    El decreto ley 10/2022 del Govern establece que el uso de vivienda unifamiliar en suelo rústico no puede dar lugar a la construcción de más de una piscina por finca. La lámina de espejo de agua de las nuevas piscinas en suelo rústico no puede exceder 35 metros cuadrados y su volumen, los 60 metros cúbicos. Estas restricciones se recogen también en la revisión del PTI menorquín y siguen vigentes porque derivan de una norma autonómica.

  2. Ley balear 3/2022: moratoria de plazas

    La ley 3/2022, de 15 de junio, de medidas urgentes para la sostenibilidad y circularidad del turismo de Balears establece la moratoria de plazas turísticas y al ser de rango autonómico, impide el crecimiento que podría derivarse de este ‘agujero’ normativo generado por el retraso del PTI. Es el caso de la limitación de 50 plazas en hoteles rurales que se incorporó con la revisión y que en este momento no está vigente. Aunque la ley no afectaría a proyectos iniciados antes de su entrada en vigor.