No se paga el alquiler. El edificio, entre Es Born y el Nou de Juliol, es propiedad de Regestril. Lo adquirió el mismo día que formalizó el contrato de alquiler con opción a compra, pese a que desde que logró la gestión de la recaudación municipal en 2005 no cobra alquiler al Ayuntamiento | Josep Bagur Gomila

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La Sindicatura de Comptes de Balears ha detectado una serie de irregularidades en la concesión de la gestión de la recaudación de impuestos de Ciutadella, adjudicada a la empresa Regestril S.L. en 2005, con el gobierno de Llorenç Brondo y Avel·lí Casasnovas. Lo revela en su último informe librado esta semana al Parlament, que fiscaliza las cuentas del Ayuntamiento de 2014.

Cuestiona dos contratos adjudicados a esta empresa. El primero, un contrato de alquiler con opción a compra del inmueble donde se recaudan los impuestos (en la plaza de Es Born), firmado en febrero de 2002. Y el segundo en la concesión del servicio de recaudación, cuyo contrato expira en agosto de 2025, prorrogable hasta 2030.

La Sindicatura destaca la vinculación de ambos contratos, ya que en los pliegos de la concesión de la recaudación determina que estos se prestaron al citado edificio, y «en caso de que el adjudicatario no sea el titular del inmueble se trasladará el coste económico del contrato de alquiler asumido por el Ayuntamiento», en el primer contrato.

Ello, deduce la Sindicatura, «crea un escenario que favorece claramente la posición del titular del inmueble», ya que el nuevo adjudicatario tendría que asumir unos gastos, contemplados en el primer contrato (por el alquiler con opción a compra del inmueble), que podrían llegar a los 5,5 millones de euros. Es decir un coste inasumible, a no ser que ya seas el propietario, que evidentemente no se obligará a sí mismo a pagar esta cantidad.

De hecho, revela la Sindicatura en el concurso solo se presentó una oferta, la de la propiedad del inmueble y la que ganó el concurso. Pero es más, otra empresa sí que mostró interés, pero al ver el procedimiento desistió, no sin antes presentar alegaciones «contra la solvencia económica, financiera y técnica exigida en los pliegos». Unas alegaciones que fueron desestimadas por el Ayuntamiento.

La Sindicatura también afirma que los pliegos del contrato de la gestión de los impuestos «incluyen preceptos que limitan gravemente la concurrencia», ya que «establece la experiencia como uno de los criterios de adjudicación», cuando la normativa dice que «debe ser una aptitud y en ningún caso un criterio».

Respecto al contrato de alquiler con opción a compra, también genera dudas. Se adjudica en diciembre de 2001, pero el contrato se firma el 12 de febrero de 2002, «el mismo día que el adjudicatario adquiere la titularidad del inmueble». Además, el contrato de alquiler (de 24 años) exige «en cinco ocasiones» que acabe en compra, y en caso de renunciar se incrementará el coste de alquiler en un 50 por ciento, por lo que el precio se puede elevar a los 5,5 millones, cuando su valor es de 1,5 millones.

La respuesta del Ayuntamiento

El equipo de gobierno de Ciutadella del pasado mandato, tras ser advertido por la Sindicatura, revisó este mismo año los dos expedientes y presentó alegaciones ante el órgano fiscalizador. En un primer momento, planteó rescindir el contrato del alquiler, pero al final decidió, por Junta de Gobierno, «dejar sin efecto las cláusulas económicas» del contrato de alquiler con opción a compra del edificio donde se recaudan los impuestos.

Ello lo hizo, argumenta, para «no perder ninguna opción de las previstas para obtener el edificio situado en la plaza de Es Born». No obstante, el Consistorio admite que «de facto» las cláusulas ya no se cumplían, porque el Ayuntamiento no paga el alquiler desde que se adjudicó la gestión del servicio de recaudación de impuestos.