El alquiler de viviendas a turistas se encontrará con muchas restricciones en los edificios plurifamiliares. | Gemma Andreu

TW
11

El Govern no tiene intención de dar marcha atrás en uno de los aspectos más polémicos de la normativa que regulará el alquiler turístico de pisos, la exigencia legal de obtener el permiso de la comunidad de propietarios para poder arrendar una vivienda a turistas. Los cambios que el Ejecutivo está introduciendo en el borrador del anteproyecto de modificación de la ley turística presentado el pasado mes de diciembre no afectan a este punto, aunque sí clarifican que será suficiente con la autorización de la mayoría de los propietarios de la finca y no pedirá el respaldo unánime.

Desoye así, al menos de momento –cabe recordar que todavía queda una larga tramitación para que la propuesta del Govern se convierta en ley– las advertencias del Colegio de Administradores de Fincas de Balears, que al conocer el contenido del borrador advirtió a la Conselleria de Turismo de que estaba incurriendo en una ilegalidad, ya que existe una amplia jurisprudencia contra el derecho a veto de las comunidades de propietarios.

Según ha podido confirmar este diario, el Govern sí tiene intención de rebajar los requisitos de una de las medidas con las que, tal y como defendió, pretendía frenar la especulación, la necesidad de que los inmuebles acrediten su consolidación de uso residencial demostrando una antigüedad de construcción mínima de diez años. Las primeras modificaciones del texto apuntaban a una rebaja de esa antigüedad hasta los ocho años y finalmente todo parece indicar que pretende fijarla en cinco años.