Antiguo solar del Casino Consey en la Explanada de Maó | Javier Coll

TW
2

Si usted va a levantar una edificación en una zona muy compactada y en la que las construcciones colindantes tienen una altura superior a la que permite el actual planeamiento territorial, podrá igualar el nivel para lograr «una necesaria integración en el entorno edificado». Así lo recoge el articulado, aprobado de forma inicial, de la Norma Territorial Transitoria con el fin de flexibilizar estas alturas máximas permitidas en el planeamiento y abrir las puertas a proyectos constructivos que requieran de esta medida en beneficio de la estética del entorno.

La novedad del redactado que incorpora la Norma Territorial Transitoria recae en el hecho que es mucho más «claro y concreto además de tener carácter de aplicación inmediata y directa», tal como señala la teniente de alcalde de Urbanismo del Ayuntamiento de Maó, Ana Lía Noval. Según puntualiza, el Plan Territorial Insular ya incluye un artículo que hacía referencia a las alturas máximas en edificaciones ubicadas en suelo urbano. No obstante, su redactado abría la puerta a «interpretaciones» con la consecuencia de que «no se llegaba a aplicar esta igualación de alturas con los edificios colindantes», indica Noval para el supuesto de Maó. 
  
La consellera de Ordenación del Territorio, Marta Vidal, señala que la petición, que hizo de forma expresa el Ayuntamiento mahonés, «es la más lógica» si todo el entorno dispone de una altura y el planeamiento obliga a cumplir otra inferior.

[Lea la noticia completa en la edición impresa]

Lea la noticia completa en la edición impresa del 08 de junio en Kiosko y Más