El Tribunal Supremo emitió a finales del año pasado una sentencia por la que ordena a Lorenzo y Mercedes Milá, hermanos, periodista él, presentadora ella, que procedan al desalojo que de la vivienda que ocupan en la zona de La Solana, en el puerto de Maó, según informaba ayer el "Diario de Mallorca".
Cabe recordar que en la primavera de 2010 varios residentes en La Solana recibieron la orden de Autoridad Portuaria de abandonar unas casas que utilizaban en virtud de una concesión que expiró en febrero de este mismo año. Los hermanos Milá, que ocupan tres parcelas, no acataron el requerimiento e iniciaron las vías administrativas y judiciales necesarias para poder seguir disfrutando de la primera línea del puerto de Maó, como han hecho durante muchos años.
No obstante, y siempre según la información del "Diario de Mallorca", la sentencia del Tribunal Supremo viene a ratificar dos autos del Tribunal Superior de Justicia de Balears por los que se dispuso el inmediato desahucio de Lorenzo Milá, que era una medida cautelar que había solicitado Autoridad Portuaria, entidad que considera que los moradores no cuentan con concesión pública alguna en estos momentos.
La Abogacía del Estado entiende que los Milá no se preocuparon de poner al día la concesión obtenida por su tío, Alfonso Milá, con lo que acabó caducando. Lorenzo alegó que el desahucio debía paralizarse ante el riesgo de que Autoridad Portuaria ordenara el derribo del inmueble o su utilización con otro fin. Sin embargo, el Tribunal Supremo entiende que debe prevalecer el interés general, señala en su información el "Diario de Mallorca". Así prima la recuperación por el Estado de un bien de dominio público frente al interés particular. Es más. La sentencia recoge que de ejecutarse el desalojo de la vivienda en el puerto de Maó se acabaría causando un grave perjuicio al dominio portuario.
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