Juzgado. Mercè Rubió y Esperança Pons, en una comparecencia que tuvo lugar en 2010 - Archivo

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Ayer quedó visto para sentencia el juicio que enfrenta a la expresidenta de la Fundació Rubió y Tudurí Andrómaco, Mercè Rubió, y los cinco patronos que eran miembros de la comisión de finanzas cuando en 2009 se procedió a la adquisición de un paquete de acciones de la inmobiliaria COMOSA, por un importe de 2 millones de euros.

Rubió pretende que Josep Maria Quintana, Hipólito Mercadal, Miquel À. Limón, Emili de Balanzó y Bernardo Vidal respondan por unas pérdidas económicas que -a juicio de la demandante- sufrió la Fundación por la compra de acciones y que cuantifica en unos 544.000 euros.

Mercè Rubió presentó a finales del pasado año en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 1 de Maó una demanda contra los cinco integrantes de la comisión de finanzas de la Fundació Rubió, puesto que a su juicio la operación de compra-venta de acciones representó para la Fundació una pérdida patrimonial de 301.515 euros y de un lucro cesante de otros 242.495 euros. La demanda persigue que los cinco patronos repongan los 544.000 euros a las arcas de la Fundació y, además, su cese en los cargos que ocupan

El abogado de la parte demandante, Francisco Castells, reiteró en el juicio celebrado ayer la demanda de sentencia condenatoria contra los cinco patronos. El abogado aseguró que había quedado demostrado que Mercè Rubió estaba en contra de la adquisición de acciones de COMOSA pertenecientes a la familia Timoner, por lo que se opuso frontalmente a ello, mientras que la patrona Esperança Pons se abstuvo en la votación. En este sentido, subrayó que Rubió y Pons defendieron que con el dinero no se podía especular y que, por tanto, debía invertirse en el predio, en la capilla o en la biblioteca de la Fundació. Además, el abogado señaló que desde que se suscribió la operación los activos de COMOSA se habían depreciado.

El abogado de la parte demandada, Santiago Rodríguez Miranda, negó todos los hechos expuestos por la parte contraria, al defender que no estaban debidamente acreditados. Aseguró que Mercè Rubió había firmado la pertinente acta en la que se acordó la compra de las acciones y que en ningún momento impugnó los acuerdos, hasta que dos años y medio después presentó la referida demanda.

El letrado se apoyó en una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears (TSJIB), que falló a favor de la legalidad de la autorización del Protectorado de Fundaciones del Govern balear para la realización de la compra de acciones de COMOSA, que había sido cuestionada por Mercè Rubió. Rodríguez Miranda señaló que la sentencia reflejaba que la Fundació no estaba obligada a solicitar dicha autorización y que no se había producido desviación de poder, además de constatar que el resultado de la operación había representado una mejora económica. La sentencia del TSJIB, del 13 de julio pasado, puso fin a la posibilidad de presentación de recurso ordinario contra la misma.

El letrado defensor de los patronos constató que estos no se limitaron a la oferta de COMOSA, sino que también se interesaron por otras propuestas, pertenecientes a la Caixa y Banca March, aunque finalmente optaron por la oferta de la inmobiliaria menorquina, propietaria de 74 inmuebles con un importante valor inmobiliario y en renta. El abogado concluyó que sus defendidos habían actuado en todo momento con diligencia y que la compra de acciones había supuesto un beneficio para la Fundació Rubió.