La Justicia ha vuelto a declarar la nulidad del acuerdo para la promoción de viviendas en el solar de la antigua empresa bisutera CATISA. El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha desestimado el recurso de apelación, presentado por el Ayuntamiento de Maó, contra la sentencia que anuló el convenio urbanístico firmado con Vertix, la promotora interesada en los terrenos que ocupaba la fábrica, en la calle San Sebastián.
La apelación fue presentada por el equipo de gobierno del PSOE y PSM durante el anterior mandato, bajo la alcaldía de Vicenç Tur, y el convenio se remonta al año 2006 y fue firmado por el también alcalde socialista Arturo Bagur.
El fallo del Tribunal Superior confirma por lo tanto la sentencia emitida en 2011 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número uno de Palma, a raíz del recurso de reposición presentado por el Grupo Popular, entonces en la oposición, y en la que se declaró "nulo de pleno derecho" el convenio firmado entre el Consistorio y la sociedad Vertix Procam. Además de desestimar el recurso de apelación, el TSJB impone a la parte apelante, en este caso el Consistorio, las costas causadas por este proceso judicial.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJB señala que contra esta resolución, que confirma la sentencia número 53 de 2011, no cabe interponer otro recurso.
Antecedentes
El litigio arrancó en diciembre de 2006, cuando el alcalde Arturo Bagur y la promotora Vertix firman un convenio que incorpora un cambio en la ejecución del proyecto de edificación en los terrenos de CATISA.
En abril de 2007, a pocas semanas de la celebración de las elecciones municipales, el pleno ratifica el convenio con la abstención de EM-IU, los votos en contra del PP y a favor de la mayoría formada por el PSOE y el PSM. El Grupo Popular exigió entonces una valoración técnica y económica de los beneficios que obtenían Ayuntamiento y promotora con el cambio en el convenio; ante la ausencia de dicho informe, el entonces portavoz de la oposición, Juan Manuel Lafuente, acusa al gobierno de izquierdas de querer llevar adelante una operación urbanística que no persigue el interés general sino que parece "un chanchullo".
Es entonces cuando el PP presenta un recurso de reposición que es rechazado por el pleno, en octubre de 2007, y que lleva a los 'populares' a presentar la demanda judicial.
En febrero de 2011 se emite la primera sentencia que declara nulo el convenio urbanístico y que ahora ha sido corroborada por el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Balears.
En términos urbanísticos, esta segunda sentencia no tiene consecuencias negativas para el Ayuntamiento, afirmó ayer Lafuente, sino más bien lo contrario. "Esta segunda sentencia viene a confirmar que no se siguió el procedimiento establecido, que el convenio se firmó sin los informes técnicos", afirmó, al tiempo que recordó que, al ser declarado nulo el convenio, el Consistorio queda liberado de la petición de posibles indemnizaciones por parte de la promotora. "Ahora sí se respeta el interés general", recalcó el exedil del PP, quien añadió que el fallo del TSJB supone, al menos, una satisfacción moral ya que "nos llamaron mentirosos en los plenos".
Sobre los motivos que condujeron al anterior equipo de gobierno a firmar el convenio, Lafuente declaró "aún no lo sé, y lo pregunté reiteradamente, dijeron que se hacía por el interés general, por la construcción de una 'escoleta', pero yo no la veo", aseveró.
El exconcejal manifestó también que las sentencias demuestran "el urbanismo a la carta" practicado por la mayoría de izquierdas y añadió que "espero que Vicenç Tur asuma responsabilidades políticas, que se disculpe o lo reconozca".
El convenio ahora declarado nulo elevaba el techo de edificabilidad de la parcela en 1.846 metros cuadrados más de los que tenía en un principio, que eran un total de 20.000, según un perito judicial consultado por el PP en el momento de presentar el recurso. El Grupo Socialista mantuvo sin embargo que los servicios jurídicos municipales avalaban la apelación de la sentencia que anuló el convenio de 2006, y que ahora ha sido ratificada.
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