Los vecinos del antiguo hotel Esmeralda deberán indemnizar con 6.000 euros a Miquel Sintes, el entonces arquitecto municipal del Ayuntamiento de Ciutadella que autorizó el proyecto. La juez Clara Besa considera probado que la publicación en los medios de comunicación de una carta que cuestionaba el trabajo de Sintes "supone una intromisión ilegítima en el derecho fundamental al honor del demandante".
Miquel Sintes denunció en los tribunales a los vecinos después de que estos enviaran una carta al Colegio de Arquitectos solicitando una investigación sobre su labor en el proyecto de construcción de 166 pisos en el antiguo hotel Esmeralda. La carta, que se publicó en los medios de comunicación, apuntaba, literalmente, a un presunto trato de favor de Sintes hacia el técnico de la promotora, Fernando Pons, y también hablaba de "que ha podido haber un acuerdo previo" entre los dos arquitectos. El Colegio de Arquitectos, tras su investigación, negó estas acusaciones, pero el hecho que motivó la denuncia judicial de Sintes fue la publicación de estas acusaciones en prensa. En este sentido, la juez entiende que "lo que podía quedar dentro del ámbito de un expediente administrativo por infracción de la deontología profesional exigible, trasciende desde el mismo momento en que a propósito, se busca la publicidad, incrementando la lesión a la fama, crédito y profesionalidad del arquitecto denostado, y demostrando su voluntad de sostener y mantener dichas expresiones frente a terceros, al margen del resultado del expediente" abierto por el Colegio de Arquitectos. La juez apunta, en un momento de su sentencia, que "se pretende difamar y desacreditar el prestigio profesional del arquitecto".
En su deliberación, la magistrada analiza si la publicación en prensa de las acusaciones de los vecinos es legítima o no. Así, Besa interpreta que el derecho a la libertad de expresión y a facilitar información choca en este caso con el derecho al honor. Además, la magistrada entiende que las manifestaciones de los arquitectos no pueden incluirse dentro del derecho a la libertad de expresión y asegura, además, que "las personas no pueden ser vejadas ni injuriadas, y en este caso lo son, dado que no se trata de expresiones abstractas o genéricas, sino referidas a hechos concretos que atentan contra la dignidad, fama y honor del demandante, al ser expresivas de una conducta delictiva".
La cuantía de la indemnización que los vecinos deberán pagar al arquitecto es de 6.000 euros. Miquel Sintes solicitaba hasta cinco veces más, 30.000 euros, pero la juez considera que no se ha demostrado que la actuación de los vecinos haya causado un daño económico en el demandante, y que solamente debe resarcirse el daño moral causado por la publicación de las declaraciones en prensa. La juez también condena a los demandados a publicar en dos periódicos la sentencia íntegra. Los vecinos se reunirán en los próximos días para decidir si recurren esta sentencia judicial.
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