Recogida de basura en el centro de Palma.

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El Ministerio de Hacienda advierte a los ayuntamientos que no subir la tasa de basuras tendrá «consecuencias». Cabe recordar que el presidente de la Federación de Entidades Locales de las Islas Baleares (FELIB), Jaume Ferriol, informó la semana pasada que los consistorios de Baleares han decidido no aplicar en 2025 el conocido como 'basurazo'. El argumento es que no saben cómo hacerlo, ya que desconocen el coste que tendrá este servicio hasta que no se preste. No son los únicos que se han negado, también lo han hecho otros ayuntamientos de España.

Sin embargo, el departamiento liderado por María Jesús Montero responde que «la ley 7/2024 deja claros los plazos, y efectivamente, no es posible el aplazamiento». Está previsto que entre en vigor el próximo 10 de abril y que los consistorios tengan que repercutirla a los ciudadanos a lo largo de este 2025.

Se trata de la transposición de una directiva europea (2018/851) del año 2020, que insta a los estados miembros a «recurrir a instrumentos económicos y otras medidas» para llegar a una tasa de reciclaje del 50 % en 2030. En España, su aplicación será mediante la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados para una economía circular, que recoge una «tasa específica, no diferenciada y no deficitaria». El objetivo del Gobierno central es que desde este 2025 el coste de todo el servicio de la recogida de basuras (que también incluye la limpieza de los contenedores, el mantenimiento de los vehículos, el coste del personal, el tratamiento de los residuos y su reciclaje) lo paguen los ciudadanos, con la idea de que el que contamine, pague.

¿Qué consecuencias tendrá el incumplimiento?

Preguntados por las consecuencias que tendrá el incumplimiento, desde el Ministerio de Hacienda se remiten a un documento que está publicado en la web de la Federación Española de Municipios y Pronvincias (FEMP), que fue enviado por el citado departamento, el 14 de abril del año 2024.

En concreto, precisa que «el incumplimiento de los objetivos comunitarios que afectan a los residuos municipales podría conllevar que el Reino de España fuera sancionado, con lo que, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 8 y en la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, dicha sanción sería repercutida a las Administraciones Públicas y cualesquiera otras entidades integrantes del sector público responsables, lo que se aplicaría a aquellas entidades locales que no cumplieran con el establecimiento de la Tasa/PPPNT que tenga en cuenta el sistema de pago por generación y que no sea deficitaria».

Además, avisa que «adicionalmente, la existencia de dicha Tasa/PPPNT puede ser exigida como criterio condicionante para el acceso por parte de las entidades locales a los fondos comunitarios».