SENTENCIA
El Supremo corrige al TSJIB: un infarto en los vestuarios no es accidente laboral
Descarta indemnizar a un trabajador que falleció cuando se cambiaba de calzado
Imagen de archivo de una trabajadora ante las taquillas de un vestuario. El empleado fallecido solo había entrado para ponerse el calzado de seguridad. | L. Pons Bedoya
Palma17/06/24 0:30
Una sentencia del Tribunal Supremo deja sin una compensación a la viuda de un trabajador que murió de un infarto cuando estaba en el vestuario de la empresa sin haber fichado todavía. El Alto Tribunal casa una resolución previa del Tribunal Superior de Justicia que sí había considerado la muerte como un accidente laboral y que condenaba a la mutua a compensar por ello a la familia del fallecido. Para el Supremo, la clave es que el trabajador no había fichado todavía.
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32 comentarios
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Viriatocómo ?? accidente initinere , por supuesto que un accidente camino del trabajo es un accidente laboral , se ve que hiciste pocos cursos de seguridad , evidentemente si vives en Mahón , y trabajas en sant Lluís , te vas a dar la vuelta alaior y te la pegas , no será accidente laboral , pero en una ruta coherente , por supuesto que lo es , ida y vuelta del trabajo
Naturalmente que no lo es. Como tampoco lo es por ejemplo un accidente de tráfico camino del trabajo. Es absolutamente obvio. Son eventos casuales y accidentales, que nada tienen que ver con el concepto de accidente laboral, ya que no guardan relación alguna con el desempeño del puesto de trabajo en sí.
Ga-TaAlgo de esto me toca saber, digo por mi trabajo...
Això ho deixen en mans d'en García Castellón i fins i tot seria terrorisme, uep!!!!, sempre que hi hagi algun català pel mig i el responsable no sigui del PP, que per això el dugueren!!!!
Cuanto abogadillo y/o graduadillo social experto veo por aquí... no habléis si no sabéis. Para eso están los profesionales (son sus posibles opiniones, claro).
CapellSe puede pelear como enfermedad laboral, no como accidente Dentro de mi logica
CapdefavaYo he pensado lo mismo que Ud. Creo que el redactor de la noticia se ha columpiado.
En teoría cuando una persona va camino de su trabajo antes de empezar la jornada laboral y tiene un accidente , a este accidente se le considera accidente de trabajo porque ha ocurrido cuando ibas camino del trabajo, pero en el caso de que esta persona tenga un infarto en el trabajo antes de fichar, aquí en este caso no ha ocurrido ningún accidente y el infarto podría haber sido por su salud que estaba delicado del corazón, entonces ahí sí que entiendo la interpretación del Tribunal Supremo.
Un compañero de trabajo, hace ya veinte años, le dio un infarto en mitad de la jornada, bueno se sintió mal y le acompañamos a la clínica, esperando en urgencia le dio el infarto, fue grave pero no murió, a día de hoy sigue vivo. Le dieron de baja permanente, pero no como accidente laboral, luchó para que se la dieran, pero nada.
Estos del TSJIB, no dan ni una. ¿Cómo se les nota el tufillo.