La paciente acudió a la clínica para una técnica para levantar el pecho y colocar unos implantes. | R.L.

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La Audiencia Provincial condena a un cirujano plástico a indemnizar a una paciente por una operación de pecho que resultó fallida y que terminó con la mujer intervenida de urgencia en Son Espases para retirarle las prótesis. El tribunal considera demostrado que existió una «conducta negligente» por parte del doctor por precipitar una segunda operación a la paciente después de que una primera intervención no diera el resultado deseado y más tarde por no hacer un seguimiento adecuado y no intervenir a tiempo para evitar los daños.

La mujer se sometió a una operación en noviembre de 2017 en una clínica privada. Sobre esa primera operación la Audiencia no hace reproche alguno aunque el resultado de la misma fuera imperfecto dado que, entiende que se emplearon los medios necesarios. Sin embargo, para corregir esa primera intervención, el médico llevó a cabo otra apenas tres meses después. Ahí es donde se establece el reproche. Distintos informes médicos indican en este procedimiento que es conveniente esperar entre seis y doce meses para realizar cualquier retoque y dar tiempo a que los tejidos estén revascularizados de forma correcta. La operación se llevó sin cumplir esos plazos. Lo que más reprocha la Audiencia es que no se informó de forma suficiente a la paciente del riesgo de no esperar ese tiempo. Así, obtuvo el consentimiento para intervenir «sin esperar el tiempo prudencia ni dar la información necesaria» para que la mujer afectada pudiera decidir sobre su propio cuerpo.

Tras esa segunda intervención, que se llevó a cabo en abril de 2018, la paciente comenzó a tener problemas en los pechos operados y necrosis en ambas mamas. El médico que la atendió la remitió a otra para un tratamiento local de ozonoterapia y carboxiterapia. No fue suficiente para contener los daños y la paciente tuvo que acudir a Son Espases. Allí fue intervenida por un cirujano plástico para retirar las prótesis. La sentencia de la Audiencia sostiene que ese tratamiento fue «improcedente» ante los daños y que se prolongó indebidamente «mientras avanzaba la infección».

De esta manera, acepta el recurso presentado por el abogado Pedro Martínez contra la sentencia de un juzgado de Primera Instancia de Palma que desestimaba la demanda de la afectada. El fallo considera que el médico debe responder por los daños y perjuicios sufridos por la paciente con algo más de 30.000 euros de forma conjunta con su seguro. El fallo repasa de forma amplia la responsabilidad de los cirujanos plásticos y señala que se ciñe a aportar los medios necesarios y destaca también el, fallido en este caso, deber de informar sobre los riesgos.