El TSJIB había resuelto en varios casos conceder un plus de diez semanas más de baja. Dejaba fuera las seis semanas que son comunes para dos progenitores. | R.L.

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El TSJIB adopta el criterio del Supremo y limita a 16 semanas el permiso de maternidad en familias monoparentales. El tribunal ha aceptado el recurso presentado por la Seguridad Social contra una sentencia que reconocía a una madre el derecho a un periodo de baja retribuida más allá de las 16 semanas que la normativa reconoce a cada uno de los progenitores.

La sentencia del juzgado de lo Social que ahora es revocada, se ceñía al criterio anterior con el que la sala de lo Social del TSJIB había resuelto casos similares. Esa línea consideraba que a las 16 semanas que la legislación reconoce a cada uno de los progenitores, en el caso de madres y padres solteros había que sumar otras diez. Tenía en cuenta que las seis primeras semanas son compartidas para los dos progenitores. Es decir, en lugar de las 32 semanas que reclamaban las familias monoparentales, serían 22. Sin embargo, el Tribunal Supremo dictó una sentencia el pasado mes de marzo para unificar los distintos criterios que mantenían los órganos territoriales: desde tribunales que consideraban que eran asumibles las 32 a otros que negaban cualquier ampliación con la versión intermedia en la que estaban los magistrados de Baleares.

El TSJIB adopta, de forma lacónica el criterio del Supremo. «Si bien es cierto que esta Sala ha resuelto en la dirección resuelta por la sentencia recurrida, procede por seguridad jurídica aceptar el recurso dada la jurisprudencia en unificación de doctrina establecida por el Supremo».

Este órgano sostenía que acumular el premiso que corresponde a los dos progenitores a las familias monoparentales «supondría crear una prestación nueva a su favor» y afectaría a los empresarios al verse obligado a «soportar una duración mayor de la suspensión contractual, lo que le afectaría en sus previsiones de sustitución o de reorganización de la empresa». Consideraba que una intervención «de tal calibre» queda fuera del alcance los tribunales: «Su función es la aplicación e interpretación de la norma, pero no la creación del derecho». También descartaba argumentos a favor de ampliar el permiso para beneficiar al bebé porque, considera que se implantaron las 16 semanas también para los padres por otros motivos.

«Se ha prestado especial atención al principio de igualdad entre hombres y mujeres al confeccionar una normativa que tiene como finalidad lograr la corresponsabilidad entre ambos en el cuidado del menor». En este sentido añadía: «Se establece una normativa con el fin, entre otros de corresposabilizar al varón en la educación y crianza de los hijos, ocmo forma para corregir y evitar una discriminación ancestral de la mujer».