Ahora mismo estos expediente se tramitan por parte de la Administración que aún tiene que resolverlos. En todos los casos se desestimarán las peticiones por lo que, estas reclamaciones terminarán judicializadas a la espera de una sentencia.
Aun con matices en cada uno de los casos, las reclamaciones tienen puntos en común como la nulidad de los dos estados de alarma sentenciada ya por el Constitucional o la resolución del Supremo que también anuló el toque de queda en Balears. También en común sostienen que han sufrido un daño económico que no deriva de la pandemia sino de las medidas adoptadas por la Administración.
El Govern rechaza ese planteamiento y en sus informes sostiene que su actuación «no fue más que la consecuencia, más o menos acertada, de la necesidad de actuar para proteger al conjunto de la sociedad de una enfermedad potencialmente mortal» y añade: «Este decalabro lo generó un ente microscópico y letal contra el que no había cura».
Fuerza mayor
A ese argumento de la existencia de una causa mayor, la Administración suma que en algunos casos no intervino. Ocurre así en su respuesta a la empresa sanitaria. Considera que la decisión de declarar servicios esenciales a las clínicas privadas correspondió a la Administración del Estado y, en el caso de Balears, a los consells insulares, por lo que, señala que no es responsable de ese posible daño económico.
El Consell Consultiu de Balears también ha informado en contra de estas reclamaciones. En uno de los dictámenes señala que, aunque se hayan anulado algunas disposiciones de Balears eso no implica que no fueran justificadas y proporcionadas «según los criterios y recomendaciones de la OMS para evitar un incremento desmesurado de contagios que agravara todavía más la delicada situación del sistema sanitario». Hasta ahora los dictámenes entienden que las medidas preventivas se ajustaban a la legalidad que entonces estaba vigente. «Las limitaciones o la prohibición temporal o definitiva de una actividad pueden resultar de un ejercicio de poderes públicos de ordenación que los particulares están obligados a soportar sin compensación económica siempre que no sean abusivos», señala otro dictamen. Este tipo de reclamaciones se han planteado en comunidades autónomas como Asturias o Madrid y el criterio administrativo ha sido rechazarlas en todos los territorios.
Pendiente de sentencia la petición de nulidad de no poder fumar en las terrazas
La reclamación presentada por un vecino de Inca ante el Tribunal Superior de Justicia para reclamar la nulidad de la prohibición de fumar en terrazas está pendiente de sentencia. Este ciudadano, Gabriel Mayol, plantea la existencia de una vulneración de derechos fundamentales, más aún después de que no haya sido retirada esta limitación tras las sentencias del Constitucional sobre los estados de alarma. También han anulado la ratificación de las medidas por parte de los tribunales por lo que, advierte, se puede producir una prevaricación por omisión por parte del Govern balear al mantener esta medida, una de las pocas que aún quedan en vigor.
5 comentarios
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JA sabeu qui ho pagarà, no?
I ho pagarèm tots noltros.
Las empresas que reclaman están en su derecho y con toda la razón. El Govern se ha llenado la boca diciendo que ha dado tantas ayudas a las pyme y autónomos y no es verdad. Ya está bien de que los políticos de turno se salten la ley a su antojo y se rían del ciudadano
Pobres, los que se atreven a denunciar. Teneis para 10 años por el mal funcionamiento del Sistema. A lo mejor si todos hicieramos lo mismo España iria mejor.
Además deberíais saber que las COMPAÑIAS DE SEGUROS DE VIDA si estáis vacunados y fallecéis a resultas de haberos inoculado la inyección, alegan que no la prescribió ningún médico y lo consideran igual que un suicidio, por tanto NO PAGAN NI UN DURO.