La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) ha hecho este viernes público el auto en el que autorizaba prorrogar en las Islas 'de facto' el estado de alarma hasta el 23 de mayo. La postura mayoritaria del tribunal considera proporcionado el toque de queda y la limitación a seis personas de las reuniones en espacios públicos y privados ante la colisión de los derechos de reunión y libre circulación con el derecho a la vida: «Nadie podrá negar que la pandemia, con sus innegables riegos para la salud ha sido y sigue siendo un riesgo para la vida, con lo que es apreciable con naturalidad que está en juego el derecho fundamental a la vida reconocido en la Constitución».
De esta manera, considera que la Ley Orgánica de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública da cobertura suficiente a las medidas que considerea «adecuadamente justificadas y debidamente proporcionadas». Añade que estamos ante una «limitación» de derechos fundamentales que es válida, en tanto en cuanto existe una colisión con otros y que ha motivado de forma suficiente por la Abogacía de la Comunitat. Rechaza los argumentos de la Fiscalía de Baleres contra el toque de queda y el límite a las reuniones.
El auto recoge un voto particular firmado por las magistradas Esther Ortuño y Carmen Frígola contrarias al toque de queda y a limitar las reuniones. Consideran que la afectación al derecho a la intimidad familiar se ve afectada porque no se justifica que se acote a seis personas, «cuando en otras ocasiones, cuando la situación de crisis sanitaria carecía del progreso científico actual, el Govern balear consentía reuniones en interiores de hasta diez personas». Sobre el toque de queda añaden: «Mantener la limitación de la libre circulación, en los términos planteados, resulta desproporcionado e injustificado, al implicar un sacrificio del derecho de toda la población sin motivar que constituya el único recurso eficaz para la contención de las infecciones, cuando no se han contemplado, alternativas menos drásticas».
Las dos magistradas también consideran desproporcionados los controles en puertos y aeropuertos que, suponen «de manera implícita» la prohibición de entrada en Baleares, «por lo que resulta una medida desproporcionada y desigual que no puede ser autorizada, discriminación que ha sido puesta de relieve por la propia Comisión Europea al Estado Español».
3 comentarios
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que vol dir aço ido?? que ses comunitats autonomes que no mantenen es toc de queda els poden acusar de posar en risc ses vides des ciutadans? cada president de cada ccaa pot decidir sobre sa vida de ses persones ? no era que ses restriccions anaven proporcionades a sa incidencia i altres indicadors sanitaris? fuuuu!! aço put!!!
De acuerdo con «La pandemia sigue siendo un riesgo para la vida». ¿Entonces? ¿Cuáles son las medidas con avales científicos para evitar contagios? Por supuesto que el toque de queda nada tiene que ver... es como querer matar a una mosca con unos cañones... venga ya!! Francina, ¿no te se ocurre nada mejor? Estás acabada, tic tac tic tac... y tu gran amigo Sánchez (que nunca te escucha) también, que alivio cuando ya no estaréis...
Que la pandemia sigue siendo un riesgo para la vida, eso lo sabemos todos. La pregunta que deberían hacerse esos magistrados es ¿Es esto acaso un argumento jurídico válido para poder sostener unas limitaciones anticonstitucionales hacia unos derechos individuales básicos? También podríamos decir entonces que conducir por la carretera una noche de lluvia y viento, es un riesgo para la vida. ¿Y? Hay por eso que prohibir también que la gente conduzca cuando le apetezca o cuando lo necesite? Trabajar en una mina también es un riesgo para la vida y sin embargo hay todavía en España varias minas abiertas a pleno rendimiento y por ahora el gobierno no las cierra... Un avión puede sufrir un accidente, por tanto viajar en avión es un riesgo para la vida. ¿Cerramos para siempre los aeropuertos? ¿Y los trenes? ¿No ocurren accidentes de trenes con cientos de víctimas? Pues se prohíben a partir de hoy los viajes en tren, porque estos señoritos del TSJIB dicen que eso supone "un riesgo para la vida"