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El conseller de Territori, Energía y Movilidad, Marc Pons, ha explicado que el principal efecto que tendrá en Baleares la aprobación de la norma estatal en materia de vivienda - Real Decreto-ley 21/2018, de 14 de diciembre, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler- será la ampliación hasta siete años de la cesión de las viviendas vacías por parte de los grandes propietarios.

Este cambio obliga a revisar el decreto que desarrolla la Ley de vivienda balear y que regula las viviendas desocupadas, el registro y el procedimiento de cesión de las viviendas de los grandes tenedores al Ibavi, actualmente en proceso de tramitación. El decreto había superado ya la fase de exposición pública y había recibido el dictamen favorable del CES, y ahora se hará una nueva comunicación de urgencia. Si bien la obligación de registrar los pisos vacíos emana directamente de la ley y los grandes tenedores fue hasta final de septiembre de 2018, paralelamente se ha redactado este decreto que concreta cómo se hará esta cesión y sus condiciones, así como otros aspectos que permitirán disponer de instrumentos para identificar los piso vacíos que no han sido registrado voluntariamente. El decreto hará posible materializar las cesiones de pisos vacíos registrados por grandes propietarios, un total de 859, para que lo más pronto posible se puedan poner a disposición de la ciudadanía.

Además de esto, se prohibirán los nuevos contratos del alquiler que encarezcan cada año más de lo que marca el IPC y los municipios podrán incrementar un 50 por ciento el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) a los pisos vacíos.

El hecho de que Balears tenga una ley de vivienda que incluye la regulación de viviendas vacías y la obligatoria concesión de estas por parte de los grandes tenedores (si llevan dos años vacías injustificadamente) centra las principales consecuencias, siendo la más destacada la que se traducirá en que se tendrán que alargar los años de cesión de estos pisos de los grandes tenedores al Ibavi, fijados inicialmente en tres años.

La nueva normativa estatal fija que los alquileres de vivienda habitual tiene que ser de cinco años y en el caso de las personas jurídicas -que sería el caso de todos los grandes tenedores que han inscrito viviendas desocupadas, así como también del Ibavi) se alarga hasta los siete años. Por tanto, el nuevo plazo de cesión obligatoria tiene que pasar obligatoriamente de 3 a 7 años.

En este sentido, el conseller Marc Pons ha explicado que es evidente que si una persona tiene derecho al alquiler hasta los siete años, no se puede mantener la cesión por tres años de los pisos de los grandes tenedores porque necesariamente se tiene que respetar el plazo de duración que fija la LAU, como normativa básica estatal que es, y no uno inferior.