En un comunicado, el sindicato ha recordado que registró un documento en la Conselleria de Hacienda pidiendo que el Ministerio actuase de oficio para devolver el IRPF cobrado desde el año 2014, que después de que el Tribunal Supremo determinase que las prestaciones por maternidad debían estar exentes.
Desde la Conselleria han indicado a USO que la Agencia Tributaria tendrá habilitada esta herramienta a partir de esta semana en su página web. Además, el formulario también estará disponible en todas las oficinas de Hacienda.
En el formulario se deberán indicar los años en los que se percibió la prestación y un número de cuenta bancaria donde se abonará la devolución en caso que proceda.
Se calculará a cada contribuyente la cuantía de la devolución y habrá que acordar con la Seguridad Social que el INSS desglose la información correspondiente. Tras rellenar el formulario se recibirá una notificación vía SMS o por correo, para posibilitar el acceso al cálculo y a una opción para confirmar la rectificación de su declaración.
Desde USO han aclarado que no todos los casos en que se hayan percibido prestaciones por maternidad tendrán derecho a devoluciones. Por ejemplo, las mujeres con sueldos inferiores a los 14.000 euros anuales prácticamente no se verán beneficiadas por ausencia de retenciones a cuenta del IRPF.
En cambio, quienes no presentaron declaración por no estar obligadas ahora sí podrían presentar declaraciones extemporáneas para recibir las devoluciones.
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