Los propietarios de pisos que aún mantengan la consideración de viviendas de protección pública serán sancionados con multas de hasta 90.000 euros si las alquilan sin permiso. Estos pisos deberán destinarse a vivienda habitual y no podrán ser alquilados de manera permanente ni por días, como sucede en los casos del alquiler turístico, bajo riesgo de recibir una sanción.
El Govern fija una serie de excepciones a la norma para causas de fuerza mayor: por ejemplo, que el adjudicatario de la vivienda tenga que trasladar su lugar de residencia o que deba abandonarla por amenazas de violencia machista.
Es una de las consideraciones que se incluyen en el borrador de la ley de vivienda que acaba de presentar el Govern y que además obliga a bancos y promotores a ceder al Govern el uso de los pisos de su propiedad que lleven vacíos dos años. Esta última medida no afecta a los particulares.
Además de no destinar el inmueble a domicilio habitual, también se considera falta muy grave, sancionada con hasta 90.000 euros, destinar el dinero de las ayudas a fines diferentes al subvencionado, obtener un lucro o beneficio indebido con la venta del piso, incumplir las normas de sobreocupación del inmueble o que los bancos no ofrezcan a los desahuciados la opción de quedarse en el piso pagando un alquiler.
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