Urdangarin impugnó en apelación la autorización de la operación inmobiliaria acordada por el juez Castro, que pasaba por que el matrimonio se comprometiera a depositar en el Juzgado los 2,3 millones de euros que obtendrían por la mitad del inmueble embargada al Duque como garantía ante las responsabilidades económicas que puedan derivarse de la causa.
Pese a que Castro ordenó al registro de la propiedad número 8 de Barcelona que cancelase el embargo de la mitad perteneciente a Urdangarin, después de que los Duques se comprometiesen a consignar los 2,3 millones, el acusado mantiene su recurso de cara a modificar las condiciones de la venta.
Y es que el marido de la Infanta Cristina reclama poder abonar a Hacienda 253.705 euros -derivados del impago del IRPF de 2009- con los fondos que obtendría con la operación inmobiliaria, cuyo precio está estipulado, en concreto, en 6,95 millones de euros.
La defensa del Duque asevera que la resolución dictada por Castro con los términos para llevar a cabo la venta no se ajusta a derecho y asegura que, en el caso de que el magistrado le permitiera saldar su deuda con Hacienda con el dinero procedente de la venta, podría igualmente depositar en el Juzgado la suma «nada despreciable de más de 2,1 millones de euros».
En concreto, la mitad del palacete le fue embargada al Duque tras no haber hecho éste frente a la fianza civil de 8,2 millones de euros, posteriormente reducida a 6,1 millones, que a finales de 2013 le fue impuesta de forma conjunta con Torres.
Por su parte, Manos Limpias sostiene que la Infanta podría incurrir en un delito de alzamiento de bienes con la venta de la casa, puesto que la operación impediría que el inmueble pueda ser embargado tras no haber hecho frente, en su caso, a la fianza civil de 2,6 millones de euros que le impuso Castro.
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