Si bien la guía no se refiere explícitamente a casos de agresión sexual como el de Mouliaá en los que el agresor no tiene ni tuvo una relación afectiva con la víctima, fuentes jurídicas indican que es "perfectamente aplicable". Eso sí, se trata de una "herramienta" que se pone a disposición de los jueces para el desempeño de su trabajo. Los baremos que utilizará el Consejo para decidir sobre una posible sanción a Adolfo Carretero parecen más difusos, si bien la actuación del instructor contravino varias de las recomendaciones del CGPJ.
En la mañana del 16 de enero, a lo largo de más de una hora, el instructor escuchó el relato de la actriz sobre el episodio de presunta agresión sexual a manos de Íñigo Errejón en el año 2021. Las interrupciones del juez fueron constantes, algo que, según apunta el juez Joaquim Bosch, podría colisionar con el artículo 436 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que dice: "El Juez dejará al testigo narrar sin interrupción los hechos sobre los cuales declare, y solamente le exigirán las explicaciones complementarias que sean conducentes a desvanecer los conceptos oscuros o contradictorios. Después le dirigirá las preguntas que estime oportunas para el esclarecimiento de los hechos".
Al margen de las interrupciones, Adolfo Carretero también puso en duda el testimonio de Elisa Mouliaá cuando la denunciante explicó que, tras sufrir la agresión en una habitación durante una fiesta en casa de unos amigos, Errejón y ella permanecieron 20 minutos en el apartamento y después se marcharon juntos al domicilio del político.
Mientras Mouliaá relataba la salida de aquella habitación, el juez instructor dijo: "Aquí viene el aspecto de su denuncia extraño. Porque ya no estamos hablando de un beso, es un tocamiento en toda regla y además lamiendo los pechos. Y una vez pasó eso, ¿no le dijo usted nada a sus amigos en la fiesta?¿Cómo se va usted con él a su casa?".
La actriz señaló que en ese momento estaba "muy ebria" y que tiene "lagunas" de lo que ocurrió en ese lapso de tiempo. Entonces, el juez volvió a señalar que la actuación de la presunta víctima le resultaba extraña. "Usted podría habérselo dicho a sus amigos. Podría haber dicho 'me quedo en la fiesta, yo contigo no voy a ninguna parte'. Es que es raro que usted no diga nada". Carretero aún insistió una última vez: "Usted ha sido objeto no de un beso, sino de tocamientos a la fuerza en una habitación. Es que no se entiende que continúe con este señor, que no le diga algo, que no haga un gesto".
"Derecho a no sentirse humillada de nuevo"
La guía de buenas prácticas del Consejo General del Poder Judicial indica que "no puede tratarse a las víctimas haciéndoles sentirse culpables de ser víctimas". Asimismo, explica que "las víctimas llegan a la Policía y a la justicia con una lógica ansiedad provocada por lo que han sufrido, por lo que se deben tomar medidas de buen trato y atención que les reduzca el nivel de ansiedad". Otro de los puntos que establece el Consejo es que a las víctimas "no se les debe cuestionar la veracidad de lo que cuentan". Hacerlo sería "maltrato institucional", añade la mencionada guía.
Finalmente, el documento señala que "la humillación del maltrato físico y/o psicológico que ha sufrido la víctima no puede incrementarse con una nueva humillación por quien tiene que recibir la denuncia de ese maltrato previo". Más allá de las recomendaciones del Consejo, existen otras pautas, por ejemplo, en el Estatuto de las Víctimas: "Toda víctima tiene derecho a recibir un trato respetuoso y profesional".
Tal y como reconoce la jueza Glòria Poyatos, la guía del Consejo no funciona como un listado de normas. "A nosotros no se nos puede dar un patrón de preguntas porque cada circunstancia es diferente, tenemos que aproximarnos a los hechos para conocerlos", indica la magistrada. Pero añade: "No por ello en las preguntas podemos faltar al respeto de la persona que está declarando, sea testimonio, la parte denunciada o la víctima".
La jueza ahonda en el concepto de la "violencia institucional", la que, según dice, ejerce "el Estado", e indica que en el caso de la violencia de género las autoridades deben ser especialmente cautelosas "y por eso hay esta guía". En este sentido, la jueza recuerda la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 2021 en la que se condenó a Italia por un "juicio traumático" a una víctima de un caso de violencia sexual cometida por siete hombres. La sentencia, tal y como recuerda Poyatos, señala que los interrogatorios a víctimas de violencia machista deben lograr "un justo equilibrio entre su integridad y dignidad personal y los derechos de defensa de los imputados".
Sobre la necesidad de dar credibilidad a la víctima, la jueza apunta que "en un interrogatorio no puedes tomar partido". "Puedes no creerte a la investigada, pero para eso tienes una resolución. Eso no puede afectar al respeto y a la manera de formulación de las preguntas, teniendo en cuenta que es una presunta víctima de agresión sexual".
En una entrevista ofrecida a Antena 3 este viernes, el propio juez Adolfo Carretero admitió que habría cambiado el tono de su interrogatorio, haciendo preguntas "no tan rápidas", de haber sabido que lo iba a presenciar "toda España". Eso sí, el juez se reafirmó al señalar que hizo las preguntas pertinentes -"¿Por qué cree que [Íñigo Errejón] se sacó el miembro?";"¿Cuanto tiempo estuvo chupándole las tetas, tocándole el culo y los glúteos?". Este medio ha consultado a cinco fuentes jurídicas, algunas cercanas al instructor, y todas han reconocido que "el tono" de Carretero y su manera de hacer las preguntas no es el apropiado ni el habitual en estos interrogatorios.
"He realizado decenas, quizás centenares de denunciantes de delitos sexuales, y puedo decir es imprescindible entrar en situaciones delicadas y desagradables para la denunciante: hablar de genitales, de conductas que pueden ser extremadamente humillantes. Por eso precisamente el interrogatorio debe ser respetuoso, percibir el estado de ánimo de la declarante", apunta una de estas fuentes.
Los cursos del CGPJ y la reforma legal del Gobierno
El polémico interrogatorio de Adolfo Carretero ha hecho resurgir el debate sobre la formación a jueces en materia de violencia de género y la remisión de estos asuntos a juzgados especializados. Los jueces que desempeñen su trabajo en juzgados especializados en violencia sobre la mujer deben completar un curso específico obligatorio, según indican fuentes del CGPJ. Para tomar posesión, el juez debe aprobar el curso, que pretende ser "una formación exhaustiva, haciendo hincapié en los aspectos de la prevención, intervención y asesoramiento" a tener en cuenta a la hora de abordar estas causas.
Además, el Consejo imparte otro curso obligatorio para todos los jueces que se examinen de una especialidad (ya sea Social, Contencioso-Administrativo, Mercantil...). Se trata de un curso "en perspectiva de género" que debe superar el juez "cualquiera sea la especialidad que quiera adquirir".
Sin embargo, actualmente los casos de violencia sexual no se tratan en los juzgados especializados en violencia de género a no ser que se hayan producido en el ámbito de la pareja o la expareja -lo que a día de hoy se entiende por violencia de género-. Los casos como el denunciado por Mouliaá, en los que el presunto agresor no mantenía una relación de pareja con la actriz, se adjudican a los juzgados de instrucción.
No obstante, según el Ministerio de Justicia esto cambiará a partir de septiembre gracias a la entrada en vigor de la ley de eficiencia del sistema público de justicia. "Lo que hace la ley es cumplir con el Convenio de Estambul, ratificado por España, que incluye la violencia sexual en la violencia contra la mujer", apuntan fuentes del ministerio. Según añaden, se trata de encomendar a los juzgados especializados en violencia sobre la mujer el conocimiento de todos los delitos contra la libertad sexual. "Estas secciones destacan porque sus jueces tienen especial formación y sensibilidad y van a generar espacios seguros que eviten la revictimización", concluyen.
1 comentario
Para comentar es necesario estar registrado en Menorca - Es diari
Elisaaaa como a una cajón que no cierra