Puigdemont y Comín, en una fotografía de archivo. | Efe

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dio este jueves la razón al Parlamento Europeo cuando negó la entrada al expresidente catalán Carles Puigdemont y su exconseller Toni Comín porque la Junta Electoral Central no comunicó sus nombres por no haber acatado la Constitución española.

«El presidente del Parlamento Europeo no podía apartarse de la lista de diputados electos que las autoridades españolas le habían notificado oficialmente», dijo la sentencia del TJUE, en referencia a Antonio Tajani, que por entonces presidía la Eurocámara. Según la sentencia, «el presidente del Parlamento no dispone de ninguna competencia para controlar la exactitud de dicha lista, so pena de quebrar el reparto de competencias entre la Unión y los Estados miembros».

Por tanto, Tajani «se limitó a hacer lo que estaba obligado a hacer: tomar nota de la lista de diputados electos notificada por las autoridades españolas, que constituía para él una situación preexistente derivada de decisiones que se habían adoptado en el plano nacional», continuó el tribunal. Así, la máxima instancia judicial de la justicia europea desestimó el recurso que Puigdemont y Comín interpusieron contra Tajani por no reconocerles su escaño en el inicio de la legislatura anterior, en julio 2019.

La corte con sede en Luxemburgo señaló también que Puigdemont y Comín no podrían interponer un recurso de anulación contra la decisión de Tajani de no haber actuado de urgencia para confirmar sus privilegios e inmunidades como eurodiputados, ya que esta cuestión «está sujeta a un procedimiento distinto». Tras las elecciones europeas del pasado mes de junio, la Eurocámara también rechazó conceder el escaño a Comín por el mismo motivo. El servicio de prensa del Parlamento Europeo dijo a EFE que la institución ya ha «tomado nota» de la sentencia y que los servicios jurídicos están analizándola.