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El último día de pago de una hipoteca es una de esas fechas que se esperan de por vida desde la firma de la compra de una casa. Se trata del momento definitivo en el que un hipotecado se convierte, al fin, en dueño oficial de su hogar, y sin embargo, tal y como indica el Banco de España, para hacerlo oficial no basta con terminar de pagar la deuda, hay que cancelar registralmente la hipoteca, y esto conlleva unos costes.

La explicación es sencilla, cuando compramos una casa y pedimos un préstamo, debemos firmar ante notario e inscribirnos en el registro de la propiedad. Para ello, existen dos escrituras: una primera de la compraventa de la vivienda, y una segunda de la hipoteca, y ambas se guardan en el registro hasta que la casa se vende o se cancela la hipoteca. No obstante, aunque es recomendable hacerlo, no hay una obligatoriedad oficial de realizar este trámite.

¿Por qué debemos cancelar la hipoteca?

Existen tres motivos principales por los que, desde el Colegio de Registradores de la Propiedad recomiendan cancelar la hipoteca una vez saldado el préstamo.

  1. La propiedad queda libre de esa carga y permite a su propietario contratar una nueva hipoteca
  2. El valor de la propiedad será mayor cuando esta quede libre de deudas, a efectos de solvencia patrimonial de un propietario. Esto permite realizar otras operaciones financieras.
  3. Si se desea vender el inmueble, es muy probable que el comprador exija una vivienda libre de deudas.

Costes de cancelar la hipoteca

Ningún trámite sale gratis, o al menos, ninguno que tenga que ver con la compra de un inmueble. Por esa razón, tampoco cancelar la hipoteca tras su finalización será gratis.

Estos gastos se regulan en el Real Decreto ley ley 18/2012, del 11 de mayo, aunque los costes exactos dependen del importe del préstamo en cuestión.

Además, debemos contemplar que estos gastos serán de tres tipos: los derivados de la gestión de la notaria por elaborar la escritura de cancelación, los gastos del registro, por eliminar la carga hipotecaria de la vivienda, y los gastos de la gestoría, en caso de contratar una para encargarse del trámite.

  • Los gastos de la notaria se calculan sobre un mínimo de 90 euros, y las variables dependerán del importe original del préstamo.
  • Los gastos del registro parten de 24 euros, y de media, suelen alcanzar los 250 euros de media, dependiendo del préstamo. Por ello, aquellos más altos aplicarán un porcentaje mayor.
  • Los honorarios de la gestoría no están limitados por ley, por lo que dependerá de cada una, aunque lo normal es que se cobre unos 300 euros por la tramitación de este proceso.