El Supremo suspende de momento la exhumación de Franco | Fernando Villar

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha decidido por unanimidad suspender cautelarmente la exhumación de los restos del dictador Francisco Franco, que debía llevarse a cabo el próximo 10 de junio por decisión del Gobierno.

La razón en la que descansa esa decisión, de la que únicamente se ha adelantado el fallo, es la de evitar el perjuicio que, de otro modo, se causaría a los recurrentes -la familia Franco y otros tres colectivos- y, especialmente, a los intereses públicos encarnados en el Estado y en sus instituciones constitucionales, «los cuales se verían gravemente afectados si, exhumados esos restos, se estimara el recurso y fuera preciso devolverlos al lugar en que se hallan».

Así ha informado el alto tribunal en un breve comunicado tras dos horas de deliberaciones de la Sección Cuarta de su Sala de lo Contencioso, que este martes ha estado integrada por cinco magistrados.

Dan respuesta a la medida cautelar planteada en los cuatro recursos presentados contra la iniciativa del Gobierno por la familia Franco, La Fundación Francisco Franco, la comunidad Benedictina en Cuelgamuros y la Asociación de Defensa del Valle de los Caídos.

La Sala, presidida por Jorge Rodríguez Zapata, ha estado también integrada por los magistrados Celsa Pico, José Luis Requero, Pablo Lucas y Antonio-Jesús Fonseca-Herrero.
Los recursos que deben aún resolver se presentaron contra el acuerdo por el que el pasado 15 de febrero el Consejo de Ministros autorizó la ejecución de la exhumación, siempre y cuando la familia del dictador accediera a elegir una ubicación distinta a la cripta de la Catedral de la Almudena para inhumar de nuevo los restos de su abuelo.

Ante la negativa de la familia de renunciar por el momento a enterrar a Franco en la sepultura que poseen a perpetuidad en la cripta de La Almudena, un lugar que el Gobierno considera inadecuado por su situación tan céntrica y su interés turístico, el Ejecutivo aprobó posteriormente, el 15 de marzo, otro acuerdo por el que decidía reinhumar los restos del dictador en el cementerio de El Pardo-Mingorrubio y fijaba para el 10 de junio la fecha de los trabajos de inhumación.

Tanto la familia como la Fundación Francisco Franco y el resto de recurrentes apelaban al daño que se causaría si se trasladan los restos del dictador antes de que el Supremo dicte sentencia sobre el fondo del asunto. Es decir, si se trasladan esos restos al cementerio de El Pardo- Mingorrubio, en Madrid, y luego el tribunal resuelve que han de regresar al Valle de los Caídos.