Tras alrededor de ocho horas de deliberación este sábado y las cinco de este viernes, el tribunal del jurado, compuesto por siete hombres y dos mujeres, ha entregado el veredicto a la magistrada, Elena Mayor y, a continuación, el portavoz ha dado lectura al texto.
El jurado popular considera probado que las cuatro muertes fueron asesinatos al existir alevosía e intencionalidad, así como abuso de confianza, y ha afirmado que las víctimas no tuvieron posibilidad de defensa.
Además ha contemplado el ensañamiento con los menores, al dar por probado que estaban presentes en el momento de la muerte de su madre, tal y como solicitaba la acusación.
Asimismo, no ha considerado ningún atenuante, y ha precisado que ha quedado probado que los hechos se realizaron «con plena conciencia de lo que se hizo e impulsividad nula».
El tribunal del jurado también afirma que el acusado «tiene la capacidad de discernir y tiene plena conciencia de lo que hizo y que quería hacerlo».
En relación a la prueba diagnóstica del PET TAC aportada por la defensa, según la cual el procesado tiene un daño en el cerebro, el jurado cree que «no es concluyente», y aunque sí estima que el acusado tiene una anomalía, esta «no interfiere en su capacidad de decidir».
Por último, ha manifestado que no procede la revisión de las penas ni la petición de indulto.
Tanto el Ministerio fiscal como las acusaciones han mantenido su solicitud de pena de prisión permanente revisable porque dos de los asesinados eran menores, mientras que la defensa ha pedido una condena de 40 años de cárcel.
El acusado, en su último turno de palabra, pidió perdón, admitió los hechos, dijo que había causado mucho sufrimiento pero que él también sufría, y puso de manifiesto que quería cambiar y recibir tratamiento.
En sus conclusiones definitivas, la fiscal rechazó la existencia de un posible daño cerebral en Nogueira y subrayó que solo los peritos de la defensa sostenían esa teoría, mientras que los psicólogos y forenses públicos y los citados por la acusación no la contemplaban.
Asimismo, señaló que el encausado no actuó con impulsividad, sino que «todo fue planificado, planeado previamente».
La abogada de la defensa, sin embargo, trató de demostrar que Nogueira «tiene el cerebro enfermo que le lleva a esta situación».
Los hechos juzgados ocurrieron el 17 de agosto de 2016, cuando Patrick Nogueira acudió al chalé de Pioz donde vivía su tío, Marcos Campos; su mujer, Janaina Santos -ambos de 39 años y procedentes de Brasil- y sus dos hijos, de 1 y 4 años de edad, y acabó con la vida de toda la familia.
A los dos adultos los mató, descuartizó y metió en bolsas de plástico y a los dos niños, tras asesinarlos, los guardó también en bolsas de plástico.
Los cuerpos sin vida de los cuatro miembros de la familia no fueron descubiertos hasta un mes después, el 17 de septiembre de 2016, cuando un empleado de mantenimiento alertó a los vigilantes de seguridad de la urbanización del mal olor que procedía de la vivienda.
Una vez conocido el veredicto, será el tribunal el que dicte la sentencia imponiendo las penas pertinentes al acusado y, ante el veredicto del jurado, podría enfrentarse a la prisión permanente revisable, con lo que pasaría a ser el quinto caso en España.
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