El expresidente de la Generalitat, Jordi Pujol, durante su comparecencia ante la comisión de Asuntos Institucionales del Parlament de Catalunya. | Efe

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La defensa de Jordi Pujol ha aportado al juzgado el testamento de su padre Florenci, en el que no figura la fortuna que el expresidente catalán ocultó durante 34 años en el extranjero y que, según su versión, obedecía a un dinero que le legó su progenitor para que lo diera a sus hijos cuando fueran mayores.

En el testamento, se recoge que Jordi Pujol heredó de su padre una casa en Premià de Mar (Barcelona), valorada en tres millones de pesetas (18.000 euros) así como acciones en Banca Catalana y en la Compañía «Cedat» por valor de 13.128.647 pesetas (casi 79.000 euros).

Pujol ha sido citado a declarar como imputado por blanqueo y fraude el próximo 27 de enero, junto a esposa Marta Ferrusola y sus hijos Mireia, Marta y Pere, por un juez de Barcelona que considera «sospechoso» que los fondos que durante años ocultaron en el extranjero provengan de una herencia de más de 30 años sin documentar.

En un escrito remitido al titular del juzgado de instrucción número 31 de Barcelona, la defensa de los Pujol recurre contra la imputación de los cinco miembros de la familia alegando que no existe base suficiente porque no se ha demostrado que la regularización de su fortuna en Andorra fuera incorrecta y que en España el enriquecimiento no es delito.

Después de que el juzgado se lo pidiera reiteradamente desde agosto pasado, la defensa de Pujol ha aportado finalmente el testamento de Florenci Pujol Brugat, el padre del expresidente catalán, que falleció en septiembre de 1980.

Florenci Pujol nombró heredera a su esposa, a la que legó varias viviendas, las cuentas bancarias y acciones, por un valor total de 105 millones de pesetas (631.000 euros)

A Jordi Pujol, según consta en el testamento, su padre le legó como legitimario una finca en Premià de Mar y las acciones por valor de 79.000 euros, la misma cantidad que percibió su hermana Maria, que siempre dijo que no sabía nada del dinero que el expresidente catalán ocultó en el extranjero y que en su carta de confesión del pasado 25 de julio ya situaba fuera del testamento.

En su escrito remitido al juez la defensa de los Pujol alega que el expresidente catalán nunca tuvo, ni así lo ha afirmado nunca, la condición de heredero, sino que se limitó a recibir el legado como legitimario.

Además, subraya que en su confesión no dijo que tuviera ninguna documentación en relación «con esta parte de la herencia», ya que «no fue objeto de inventario».

«En consecuencia, jamás ha obrado en su poder certificado de bienes situados en el extranjero provenientes de su padre», remarca el escrito, que insiste en que Jordi Pujol «nunca ha sido titular real ni formal de bienes situados en el extranjero. Ni ahora ni en 1980».

Según argumentan los Pujol en su recurso, sólo se podría admitir una imputación si hubiera indicios de que la regularización que efectuaron Marta Ferrusola y sus hijos, por valor de cuatro millones de euros procedentes de Andorra, fue incorrecta.

No obstante, los Pujol sostienen que el juez no ofrece «un solo indicio de tal supuesta incorrección», ya que la Agencia Tributaria aún no ha elaborado su informe para determinar si cometieron alguna irregularidad en la regularización.

«Una imputación que se construye sobre el único indicio del reconocimiento y regularización de fondos en el extranjero debe ser rechazada por contraria al marco institucional y normativo diseñado por el legislador», remarca la defensa.

Además, el escrito argumenta que la fortuna que la familia tenía en Andorra no ha experimentado incrementos de patrimonio, más allá de los rendimientos propios de las inversiones financieras.

En cualquier caso, también recuerda que en España no existe el delito de enriquecimiento ilícito, ya que carecen de trascendencia penal los incrementos no justificados de patrimonio.

La defensa también recrimina al juez que deduzca en su auto de imputación «consecuencias inapropiadas» de la afirmación de Jordi Pujol en su confesión, donde se hacía responsable de los hechos «y de todas sus consecuencias».

Según el escrito, Pujol se limitó a aceptar la voluntad de su padre respecto de la herencia y de encargar la gestión y regularización de los fondos que éste legó a sus hijos y esposa, diferentes de los comprendidos en el testamento, a una persona de máxima confianza, hasta que sus hijos fueran mayores de edad.

«Ni la conciencia del señor Pujol ni la de nadie tiene virtudes taumatúrgicas: no genera normas ni desde luego reglas de atribución de responsabilidad», expone el escrito, que subraya que en las facultades de Derecho se enseña que la errónea creencia de estar cometiendo un delito resulta irrelevante.

Por este motivo, el escrito concluye que Pujol «podrá sentirse personalmente responsable de la tardía regularización, pero el principio de legalidad, afortunadamente, ampara también a quienes no desean ser protegidos».