26/12/14 0:00
La primera evaluación final de ESO se realizará al finalizar el curso 2016-2017 al alumnado que haya cursado cuarto, aunque no tendrá efectos académicos, es decir, no será necesario superarla para obtener el título de Graduado.
Sin embargo, la prueba final que se ejecute al concluir el curso 2017-2018 sí tendrá efectos académicos, según el real decreto por el que se regula el currículo básico de ESO y de Bachillerato aprobado este viernes por el Consejo de Ministros, para adecuarlo a la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (Lomce). Al finalizar el cuarto curso de ESO los alumnos realizarán una evaluación individualizada en la que se comprobará el logro de los objetivos de la etapa y el grado de adquisición de las competencias correspondientes, ha informado el Ministerio de Educación en una nota de prensa. Podrán realizar la evaluación por cualquiera de las dos opciones de enseñanzas -académicas o aplicadas-, con independencia de la opción cursada en cuarto curso o por ambas opciones en la misma convocatoria, con la posibilidad de repetir la prueba cuantas veces deseen. En cuanto al Bachillerato, los alumnos realizarán una evaluación individualizada al finalizar esta etapa, en la que se comprobará el logro de los objetivos y el grado de adquisición de las competencias correspondientes. Sólo podrán presentarse a esta prueba quienes hayan obtenido calificación positiva en todas las materias. Los que no hayan superado esta evaluación, o que deseen elevar su calificación final de Bachillerato, podrán repetirla en convocatorias sucesivas, previa solicitud, precisa Educación. En el caso de quienes deseen obtener este título por más de una modalidad, podrán solicitar que se les evalúe de las materias generales y de opción de su elección del bloque de asignaturas troncales, correspondientes a las modalidades escogidas. Se establecen además las medidas para que las condiciones de realización de las evaluaciones se adapten a las necesidades del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo. Las Administraciones educativas podrán determinar medidas de atención personalizada dirigidas a aquellos que, habiéndose presentado a la evaluación final de ESO, no la hayan superado. Los centros docentes, en función del diagnóstico e información proporcionados por los resultados obtenidos, establecerán medidas ordinarias o extraordinarias en relación con sus propuestas curriculares y práctica docente. Estas pautas se fijarán en planes de mejora de resultados colectivos o individuales que permitan, en colaboración con las familias y empleando los recursos de apoyo educativo facilitados por las autoridades educativas, incentivar la motivación y el esfuerzo de los alumnos para solventar las dificultades. El texto aprobado por el Gobierno incorpora el aprendizaje por competencias y la nueva estructura del currículo, con asignaturas comunes, específicas y de libre configuración autonómica. En cuanto a éstas últimas, el departamento que dirige José Ignacio Wert asegura que suponen "el mayor nivel de autonomía, en el que las Administraciones educativas y, en su caso los centros, pueden ofrecer asignaturas de diseño propio". El decreto incluye medidas para prestar una atención individualizada de los estudiantes, como programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento, e incluye elementos formativos transversales. Entre ellos, figura el fomento de la igualdad en materia de discapacidad, la prevención de la violencia de género, la resolución pacífica de conflictos, el espíritu emprendedor, la actividad física y la dieta equilibrada, y la seguridad vial. La normativa apela a la participación de las familias que a partir de ahora tendrá acceso a los documentos oficiales de evaluación de sus hijos. Una vez publicado en el BOE este texto, las Administraciones Educativas emitirán los decretos para su ámbito territorial, y se implantará en 1º y 3º de ESO en el curso escolar 2015-2016, y en 2º y 4º en 2016-2017.
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