La presidenta del PP de Madrid, Esperanza Aguirre, ha opinado hoy en el Círculo Ecuestre de Barcelona que España "necesita ser catalanizada" y revisar a fondo el Estado de las Autonomías, al tiempo que ha asegurado que "no le escandaliza" que Cataluña quiera la secesión. | Efe

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El juez que investiga el incidente de tráfico protagonizado por Esperanza Aguirre ha citado a declarar a la política madrileña el próximo día 22 por un delito de desobediencia, han informado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Esta decisión se ha producido hoy después de que la Audiencia Provincial ordenase que el caso se instruya como un delito de desobediencia a los agentes y no como una falta, como defendía un juzgado de Plaza de Castilla y la Fiscalía Superior de Madrid.

En un auto notificado hoy, el juez Carlos Valle, del Juzgado de Instrucción número 14 de Madrid, ha abierto diligencias previas en el procedimiento abreviado seguido contra la presidenta del PP de Madrid y expresidenta de la Comunidad de Madrid.

La primera de ellas es la declaración de Esperanza Aguirre para el día 22 de septiembre a las 11:00 horas, y se la instruye de los derechos que le asisten de ser acompañada de abogado y asistida de procurador en la causa, según el artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Para el día 30 de septiembre, a las 10:00 horas, han sido citados en calidad de testigos seis agentes de movilidad y dos policías municipales que intervinieron en el incidente de tráfico protagonizado por la política.

El juez ha comunicado su decisión al fiscal y al resto de partes personadas en esta causa.

El pasado 5 de septiembre, cinco meses después del incidente de tráfico protagonizado por la presidenta del PP de Madrid, la Audiencia Provincial ordenó que el caso se instruyese como un delito de desobediencia a los agentes y no como una falta, como defendía un juzgado de Plaza de Castilla y la Fiscalía Superior de Madrid.

En contra de estas valoraciones previas, los magistrados de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial consideraron en un auto que los hechos revisten «provisionalmente» caracteres de delito de desobediencia del artículo 556 del Código Penal.

Según la Audiencia, los hechos imputados a Esperanza Aguirre podrían suponer «una desobediencia tenaz, contumaz y rebelde, decidida y determinante, representada por múltiples actos concretos de desobediencia» a los agentes de Movilidad y de la Policía Municipal.

Hechos

La presidenta del PP de Madrid, Esperanza Aguirre, arrolló el pasado mes de abril la moto de un agente de movilidad del Ayuntamiento de la capital al arrancar el coche que conducía tras ser sancionada por una infracción de tráfico.

En el auto, los jueces de la Audiencia explicaron que en la denuncia interpuesta por los agentes de movilidad ante la Policía se aseguraba que el 3 de abril, en la confluencia de las calles de Gran Vía y la plaza de Callao, Aguirre, que había estacionado mal su vehículo, les dijo: «¿Qué pasa? ¿Bronquita y denuncia? Venís por mí porque soy famosa. Tienes la placa. Denuncia al vehículo».

A continuación se marchó del lugar sin aportar toda la documentación que se le requirió, haciendo caso omiso a los agentes de movilidad que le dijeron que no podía irse, colisionando con una de sus motos y sin atender tampoco a las indicaciones de los policías municipales que la siguieron, según la denuncia.

Con esta decisión, la Audiencia estimó parcialmente el recurso de la acusación popular ejercida por Transparencia y Justicia contra la decisión inicial del titular del juzgado de instrucción número 14 de Madrid, Carlos Valle, de tramitar el caso como un juicio de faltas.

Por eso, la sala devolvió el expediente a este juez, que además de tomar declaración a Aguirre y a los testigos, tendrá que hacer las diligencias correspondientes para determinar si los hechos son constitutivos de delito o falta, así como si la expresidenta regional es inocente o culpable.