La Audiencia Provincial de Guadalajara ha condenado a dos años de cárcel a M.H.S. como autor responsable de un delito de incendio forestal cometido por imprudencia grave en la Riba de Saelices (Guadalajara) que acabó en 2005 con la vida de 11 personas que trabajaban en su extinción y arrasó 12.874 hectáreas. Asimismo, tendrá que indemnizar a la Junta de Castilla-La Mancha con 10.640.000 euros.
Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, no se le imputa a ninguno de los acusados la muerte de los fallecidos, todos ellos trabajadores del retén de Cogolludo. Los otros dos procesados, J.J.J.C. e I.K., han sido absueltos.
La Audiencia Provincial de Guadalajara considera probado que en la mañana del 16 de julio de 2005 los acusados y seis personas más fueron a visitar el paraje de la Cueva de los Casares, en la Riba de Saelices, para posteriormente preparar una comida de carne a la brasa utilizando las barbacoas de obra instaladas en dicho paraje. Para ello, el procesado M.H.S. cogió leña de los alrededores para preparar las barbacoas y era "quien se encargó de ejecutar el fuego, controlarlo y vigilarlo". El juez considera que no está probado que los otros dos acusados le auxiliaran en su labor ni que permanecieran junto a M.H.S mientras preparaba la comida.
El condenado, según el juez, "actuó sin adoptar las más elementales medidas de precaución para prevenir la propagación del fuego" porque "no lo vigiló de forma rigurosa y permanente", por lo que una brasa, pavesa, resto de ceniza u otro tipo de fuente de calor procedente de una de las barbacoas cayó sobre la hierba seca que había en las inmediaciones y que sirvió como combustible de inicio del fuego. Los tres procesados, junto al resto de excursionistas, intentaron apagar las llamas sin éxito, por lo que avisaron a las autoridades permaneciendo en el lugar hasta la llegada de la Guardia Civil, a la que el ahora condenado les confesó ser el autor de las barbacoas. El fuego, que afectó a 11 términos municipales, fue finalmente controlado el día 21 de julio y extinguido el 2 de agosto de 2005.
La sentencia discrepa de la versión de M.H.S., quien aseguró en su declaración ante el juez que oyó una explosión detrás de él, tras la que advirtió que ya había fuego en un campo de siempre cercano. Según la Audiencia, "no es admisible esa versión de lo ocurrido", ya que los técnicos que realizaron los informes periciales "no encontraron ningún indicio y descartaron que el inicio del fuego pudiera haber sido en el campo de cereal, ya que no había ninguna evidencia".
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