El Código Penal no prohíbe el consumo de cannabis, eso sí, lo restringe a espacios privados ya que hacerlo en la vía pública es ilegal e implica una sanción administrativa. Tampoco el cultivo particular de la marihuana supone delito si es para consumo propio. Sí está penado el tráfico de droga, la venta o el abastecimiento de sustancias a terceros.
En ese vacío legal existente han encontrado peligroso acomodo los clubes o asociaciones cannábicas que han proliferado en España desde principios de esta década. Se trata de facilitar el suministro a sus socios, sin necesidad de que estos deban recurrir al mercado negro para satisfacer su adicción y el consumo periódico de esta droga blanda. En teoría su cultivo responde o debe responder exclusivamente a la necesidad de los miembros del club, ¿pero cómo se sabe cuánto consumen y, por tanto, cuánto necesitan producir?. Por ese motivo está prohibido cultivar grandes cantidades de cannabis aunque esté justificado como plantación de cada uno de los socios.
En el fondo no deja de ser un planteamiento pernicioso amparado en el consumo compartido de la marihuana porque más de uno ha aprovechado el entramado para hacer negocio obviando que en ningún caso estos clubes pueden tener ánimo de lucro.
Las asociaciones cannábicas, también la existente en Maó, tres de cuyos miembros fueron detenidos la pasada semana, sostienen que promueven el debate, defienden la legalización de su consumo y organizan fiestas en las que prueban variedades de la droga y realizan actividades divulgativas sobre la materia en cuestión y sus aplicaciones.
En todo caso una sombra de sospecha planea sobre muchos de estos clubes que, además, no suelen ser todo lo transparentes que debieran, cuando debería suceder todo lo contrario. Quizás así colaborarían a hacer entender lo que para la mayoría resulta inexplicable, es decir, que el consumo de la marihuana tiene algo de positivo prescindiendo de su eventual uso terapéutico.