El conductor americano que atropelló y mató a un ciclista inglés el pasado 1 de abril en la carretera de Alcalfar, fue condenado a un año de prisión que no cumplirá como autor de un homicidio imprudente. La aceleración del proceso le permitió, incluso, regresar a su país apenas 12 días después de provocar la tragedia.
El joven catalán que arrolló a dos ciclistas ocasionándoles la muerte en agosto de 2010 en la carretera general a su paso por Alaior, fue condenado a 2,5 años de cárcel, que tampoco ha cumplido por dos delitos de homicidio por imprudencia grave, entre otros. De hecho, continúa a la espera de que el Gobierno le conceda el indulto que pidió hace dos años.
En breve debe celebrarse el juicio contra el conductor ebrio al que se acusa del homicidio imprudente de su amigo en la carretera de Fornells en octubre de 2017. El fiscal le pide una condena de tres años y medio.
Son todos ellos accidentes con desenlaces mortales en los que se ha acusado a los conductores de homicidio imprudente. El clamor popular contra la generosidad de las condenas se va a ver atendido en el Congreso con la reforma del Código Penal que incrementará las penas por este delito, de 4 a 9 años. Todos los accidentes con resultado de muerte o incapacidades serán tipificados como imprudencias graves por exceso de velocidad, o conducir bajo la influencia del alcohol o las drogas.
La pena de prisión mucho más elevada que la actual no devolverá a los muertos a la vida, en algunos casos incluso, cortará la de los culpables que deban ingresar en la cárcel por el error fatídico que cometieron en su día.
El incremento sustancial de las condenas debería ser interpretado por todos como una medida coercitiva que inclinara la voluntad de quienes se ponen al volante de un vehículo sin estar en condiciones de hacerlo. Las consecuencias si lo hacen y provocan un accidente les llevarán a la cárcel.