En el documento que está abierto a la presentación de alegaciones se llama la atención sobre cinco caminos de dudosa titularidad que deberían ser objeto de actuaciones de preservación por tratarse de vías de interés patrimonial. Entre ellos destaca el Camí de Torret de Baix por su potencial para configurar una ruta circular entre caminos que acceden a la costa o con el Camí de sa Vigília. Su elevado interés etnológico, arquitectónico y geoambiental llevan a los redactores del catálogo a proponer medidas para declararlo como Bien de Interés Cultural como un ejemplo de camino tradicional.
También recomienda abrir expediente de investigación para aclarar la titularidad del Camí des Pins, que accede al barranco de Alcalfar y puede conectar con la cala del mismo nombre, Punta Prima y el Camí de Cavalls. El camino, destacan, presenta un elevado interés constructivo y paisajístico. En otros casos, como el del histórico Camí de ses Salines de Punta Prima, las dudas radican en las contradicciones existentes entre los varios indicios que apuntan a su naturaleza pública y la descripción registral que se ha hecho recientemente en una de las fincas que atraviesa, lo que aconseja la apertura de expediente de investigación. En otros casos como el Camí de ca n'Huguet, de acceso rodado a fincas privadas, la recomendación de seguir investigando para aclarar la titularidad se basa en el hecho de que, aunque no constan documentos de linde con caminos públicos, en la práctica es el Consistorio el que ha hecho arreglos.
El Catálogo Municipal de Caminos aconseja abrir expediente de investigación sobre la titularidad no solamente para esclarecerla en el caso de los trece senderos de los que se tienen dudas, sino también sobre tres caminos municipales en los que se quieren asegurar servidumbres de paso. Asimismo se señala a una decena de caminos que tienen interés como rutas excursionistas. El periodo de alegaciones antes de su aprobación definitiva estará abierto hasta el 30 de enero.
2 comentarios
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Tendriamos que leer el artículo 128 de la Constitución española y tomar consciencia de lo que dice en el punto 1.
Y porqué, la carretera de Binibeca no tiene la titularidad el Consell ? O la de Punta Prima !!