La variación derivada de la revisión catastral duplica como mínimo, de acuerdo con los casos conocidos, el valor de la práctica totalidad de inmuebles de los núcleos costeros. También aumenta en el casco urbano en menor proporción, pero la repercusión recaudatoria de ese aumento no se producirá de golpe el primer año.
Ese argumento le sirve al Ayuntamiento para explicar que la variación del valor catastral que surge de esta revisión «se aplicará a efectos de computar el IBI en un plazo de diez años». Por tanto, en 2023 la variación que se aplicará a la hora de tributar por los bienes inmuebles será el 10 por ciento de incremento general. Así se amortigua el impacto de la subida reflejada en la nueva base.
De forma didáctica, expone el equipo de gobierno que si una vivienda pasa de de un valor de 100 a 150, «el primer año el valor que se computará a la hora de tributar el IBI es de 100 más el 10 por ciento de 50, es decir 105. Será al cabo de diez años cuando tributará por el valor completo reflejado en el valor catastral fijado en esta revisión».
Explicado o visto de otro modo, significa que ese contribuyente cada año, durante los próximos diez, sufrirá una subida constante por el IBI. Solo una variación a la baja en el tipo que fija el Ayuntamiento, la auténtica clave para modificar la presión que supone este impusto para el contribuyente, puede quebrar ese progresivo incremento. Pero no entra en los planes municipales.
El tipo que aplica el Ayuntamiento de Sant Lluís es del 0,65 por ciento sobre el valor catastral. «Este año no está previsto modificar este tipo», advierte el equipo de gobierno ante la solicitudes que, sin duda, surgirán en los próximos días entre los contribuyentes o la oposición con el argumento de reducir la subida contributiva.
Bonificación
Agrega el equipo de gobierno que lo que hará el pleno municipal de este mes es aprobar una modificación de la ordenanza fiscal que regula el IBI para adaptarlo al citado escalonamiento de pago. «Así, durante los próximos diez años, lo que se aplica realmente es una bonificación en la base imponible del impuesto, de manera que el incremento se fracciona a lo largo de diez años».
Destaca que en los casos en los que un inmueble sufra una reducción en el valor catastral del mismo, esa bajada no se escalona en diez años, se aplica en su integridad en 2023.
3 comentarios
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Con la que está cayendo, el afan recaudatorio no cesa. 28 de mayo elecciones, ya pasaremos cuentas.
Impuesto Patrimonio. Un impuesto DEROGADO en toda la Unión Europea menos en España. Un Impuesto injusto, duplicado, ilógico y abusivo EXCEPTO que efectivamente sea para "grandes" patrimonios.
Fa plurera veura qui es es qui du es nombras de sayuntament de sant lluis, cuand may va sebra Fe es nombras de caseva, disfrutando de lo que otros votaron