El objetivo es mejorar la recogida selectiva de residuos domésticos. | ARCHIVO

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La nueva ordenanza de recogida de residuos, que contempla el nuevo sistema puerta a puerta, está vigente ya en Maó después de que en el periodo de exposición pública no se hayan presentado alegaciones. En Es Castell, donde se aplicará esta medida de forma conjunta, está a punto de cerrar el proceso administrativo. Mientras tanto, se aguarda a que el Consorcio de Residuos y Energía inicie el concurso para la adjudicación del servicio.

Una de las novedades de la ordenanza es que contempla un régimen sancionador para actitudes poco respetuosas con el tratamiento de los residuos y las instalaciones empleadas para ello. Las multas oscilan entre un máximo de 750 euros para aquellas consideradas leves y hasta de 3.000 euros para las muy graves, que pueden ser simplemente la reiteración continuada de las anteriores. Las que se entiendan como graves se moverán entre 750 y 1.500 euros. Van dirigidas tanto a los ciudadanos como a quien presta el servicio.

Falta muy grave es la acumulación de graves dentro de un mismo año. Pero va más allá. En base a la ordenanza, en Maó y Es Castell los ciudadanos podrán ser multados hasta con 3.000 euros por acciones como los vertidos incontrolados, el abandono de enseres o las quemas no autorizadas que pongan en peligro la salud de las personas o dañen el medio ambiente. También dañar las instalaciones o una obstrucción deliberada de la tarea de recogida de residuos tendrían esta consideración, entre otras. Si un usuario sufre una discriminación, también se aplicaría a quien lo haga el castigo más severo.

En cuanto a las graves, lo serían aquellas leves con reincidencia o las acciones muy graves de poca enjundia. Entrarían en este apartado la eliminación inadecuada pero sin riesgos de residuos, el tratamiento incorrecto de residuos peligrosos, verter en la red de saneamiento elementos sólidos triturados, un comportamiento incorrecto en las deixalleries como podría ser la ocultación de información, la obstrucción de la función inspectora de la empresa adjudicataria, la venta o cesión de residuos domésticos o asimilables, entre otros.

Faltas leves son aquellas más relacionadas con una mala praxis en la selección en origen de los residuos y su disposición para que sean recogidos en el portal de casa. Si no se separan, no usar bolsas compostables cuando se requieren, no compactar los envases, no vaciarlos, depositarlos donde no toca, sacar los cubos el día y la hora incorrectos, el habitual abandono de enseres en la calle, un mal uso o deterioro de los contenedores, entre otros