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La alcaldesa de Sant Lluís no tendrá más remedio que convocar un pleno municipal en un plazo de quince días. Lo exige el PP, que apela al artículo 46 de la Ley de Bases de Régimen Local, que establece que el alcalde «deberá convocar un pleno extraordinario cuando lo soliciten al menos una cuarta parte de los miembros de la Corporación».

Además se establece el citado plazo máximo y no se pueden incorporar al orden del día más asuntos que los propuestos, en este caso, por el PP.

El único punto propuesto par esa sesión, que remediará la negativa a incluir las dos mociones de urgencia en el pleno de la semana pasada, alude a la propuesta del grupo popular relativa al cierre de Es Cós.