Pons Sugrañes CB obtuvo licencia para construir un chalé en un solar de la urbanización Sant Jaume | Gemma Andreu

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El procurador del Ayuntamiento de Alaior informó el 20 de abril de 2016 al departamento de Urbanismo de la fecha en la que se iba a reunir la sala tercera de Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo para votar y fallar sobre el recurso de casación presentado contra la anulación del PGOU, que se intuía que iba a ser rechazado: el 11 de mayo. Tres semanas después de la notificación y solo unas horas después de la citada reunión del Supremo, el 12 de mayo, se celebró una junta de gobierno extraordinaria en la que se aprobaba la licencia de obras para un chalé promovido por Pons Sugrañes CB, sociedad coparticipada por la alcaldesa, presentada tres días antes, el 9 de mayo.

Las competencias de Urbanismo son de la propia alcaldesa, quien además aparece como letrada en la causa en el documento por el que es notificado el Ayuntamiento, y que Junts per Lô aporta como demostración de que «la señora Sugrañes sabía cuándo sería dictada la sentencia», en contra de lo manifestado por ella, algo que «provocó la aceleración extrema de la tramitación» para evitar verse perjudicada por la anulación inminente del PGOU de 2009, ya que el anterior no contemplaba el uso residencial en el solar de Pons Sugrañes CB. La sentencia del Supremo fue emitida una semana después, el 18 de mayo.

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