Una vista de la playa de Son Bou, la urbanización de Alaior en la que el Plan Territorial ha provocado diversos litigios - Archivo

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El Consell considera que no se han generado derechos indemnizatorios para la promotora Cesgarden porque "en ningún momento existió licencia" para edificar sobre sus terrenos de Son Bou. Así lo explicó ayer el conseller de Ordenación Territorial, Joan Marqués, en una comparecencia ante los medios para anunciar que el gobierno insular presentó ayer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, dirigido a impugnar la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) que condena a la institución a pagar una cantidad mínima de 16 millones de euros a los promotores de un hotel de cinco estrellas en la urbanización de Alaior.

Las parcelas urbanas, situadas en primera línea de mar, fueron desclasificadas por el Plan Territorial Insular (PTI) y sustituidas por otras en suelo rústico mediante la figura del Área de Reconversión Territorial. En este sentido, Marqués recordó que el tribunal reconoce la capacidad del PTI para "regular el territorio de Menorca" y subrayó que el objetivo del Consell era la protección y el traslado del aprovechamiento urbanístico "a una zona de menor valor paisajístico".

Según el análisis llevado a cabo por los servicios jurídicos del Consell, indicó Marqués, "el derecho indemnizatorio que reclama la parte demandante no tiene base de acuerdo con la Ley del Suelo". El conseller manifestó que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia "nos ha sorprendido", ya que otros fallos relacionados con el PTI no han obligado al Consell a pagar indemnizaciones.

"En cualquier caso, como es aplicable el derecho estatal y éste en ningún caso contempla ese derecho indemnizatorio en las circunstancias que concurren en esta parcela, presentamos este recurso de casación, desde el respeto a la sentencia del Tribunal Superior", señaló Marqués.

Paralizado el pago
El responsable de Ordenación afirmó que el recurso de casación deja en suspenso la obligación de indemnizar a la promotora Cesgarden, mientras el caso no se resuelva judicialmente y no exista una sentencia firme. "El Consell tiene plena convicción de que existe base jurídica para el recurso", declaró Marqués, quien confió en que el mismo será estimado por el Supremo y no habrá coste económico para la institución.

"No hay licencia, no hay nada construido ni aprovechamiento turístico que indemnizar, la promotora tenía un solar urbano", señaló Marqués, a la vez que defendió que no se puede indemnizar sobre "la hipótesis de lo que puedas tener". Según el gobierno insular, Cesgarden vio "compensados" sus derechos sobre una parcela urbana "con otra que también lo será". En cuanto al pago de esos nuevos terrenos, Marqués explicó que existen diferentes fórmulas de acuerdo entre los promotores y la propiedad, tanto monetarias como en plazas, un sistema que, remarcó, está claramente definido para las denominadas áreas de reconversión turística.