Menorca. El club de Bintaufa seguirá adelante ahora con un margen de maniobra que no tenía - Archivo

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El concurso de acreedores al que ha pedido acogerse el Menorca Bàsquet es la tabla de salvación que han encontrado numerosas sociedades anónimas deportivas en España para subsistir tras haber acumulado deudas a las que no pueden hacer frente como producto de una mala gestión, de la crisis global y, en menor medida, de las leoninas exigencias económicas de algunas competiciones profesionales, caso de la ACB dados los tiempos que corren.

Lo que antiguamente se conocía como suspensión de pagos permite ahora a las SAD reorganizarse, ganar tiempo y aparcar sus deudas para seguir con sus actividades y tratar de reflotarlas hasta recuperar la normalidad. Las entidades que recurren a este concurso lo hacen, como es el caso del Menorca, como un recurso legal para subsistir porque en el momento que el juez lo aprueba quedan bloqueadas sus deudas, los embargos y tampoco se acumulan los intereses durante el tiempo que dura este proceso que puede llegar a ser de dos años.

No es de extrañar, por tanto, que el camino tomado por el Menorca, en buena parte, a raíz de la demanda perdida con su anterior director general, Sunil Bhardwaj, de 320.000 euros que le ha llevado a embargar los ingresos que pueda tener el club, lo hayan tomado antes el CB Granada, Valladolid, Joventut de Badalona y Estudiantes. En el fútbol el número de clubes en concurso es todavía mucho mayor, entre Primera, Segunda y Segunda División B. Históricos como el Mallorca, Betis, Málaga, Murcia, Las Palmas, Xerez, Rayo Vallecano, Córdoba, Recreativo o Albacete, también se han acogido a esta alternativa y mientras tanto, continúan en competición. Clubes acreedores de éstos por traspasos de jugadores u otros conceptos se han quejado amargamente al considerar que esta alternativa judicial no es más que una forma de proteger al que ha gestionado mal sus recursos, evitar su desaparición y causar un grave perjuicio a los acreedores que al final acaban cobrando menos de la deuda que tenían consignada y mucho más tarde.
El concurso voluntario de acreedores bloquea la deuda acumulada por la Sociedad hasta que el juez nombra a uno o varios administradores concursales que son los que marcan las prioridades para satisfacer a los acreedores tras reagrupar los débitos, renegociarlos en su caso, aplazarlos y decidir la cuantía a percibir.

Las SAD que se acogen a este concurso voluntario mantienen la capacidad de gestión en manos de su Consejo de Administración aunque las decisiones de éste son controladas por los administradores concursales. En cambio, el concurso necesario, que es el instado por los acreedores, deja al consejo de administración sin capacidad de gestión y ésta pasa a depender exclusivamente de aquellas personas que dictamine el juez.