El Constitucional revoca la sentencia del Supremo que daba la razón a la Seguridad Social y avala lo que ya habían resuelto los juzgados de Balears en torno a este caso. La madre tuvo en el año 2020 dos hijas. Ya estaba en vigor la normativa actual en torno a las bajas por maternidad y paternidad que establece un periodo de 16 semanas para cada uno de los padres. Seis de ellas deben ser disfrutadas de forma obligada tras el nacimiento y las otras diez pueden ser repartidas por ambos durante el primer año de vida del menor, lo que supone en la práctica que puede estar acompañado por uno de sus progenitores durante sus primeras 26 semanas de vida.
La Seguridad Social denegó esa posibilidad en el caso de esta madre y solo le reconoció el derecho a disfrutar de 18 semanas: las 16 habituales más dos más al tratarse de un parto múltiple. La mujer recurrió esa decisión e, inicialmente, obtuvo respaldo judicial. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia le dio la razón y apuntaba que, lo fundamental era garantizar el interés del menor además de la promoción de la vida personal y familiar. Sin embargo, el criterio del Tribunal Supremo se unía al de la Seguridad Social y anuló la sentencia del TSJIB dejando solo las 16 semanas de un único progenitor.
Los argumentos del Tribunal Supremo fueron que la legislación que extendía las bajas marcaba que el derecho a la prestación y a la baja era «personal e intransferible» y que no podía ser compartido por los dos progenitores a su antojo. También apuntaba a los posibles perjuicios que tenía ampliar la baja para los empleadores. Según esta interpretación la principal intención al implantar los permisos de 16 semanas era la igualdad entre hombres y mujeres y que ambos compartieran la crianza, lo que excluía a las familias monoparentales. El Supremo matizó más tarde esa doctrina y el año pasado sí reconocía para familias monoparentales la posibilidad de doblar la baja pero sólo en el caso de empleados públicos al aplicar la normativa específica para ellos. Quedaban pendientes casos como el de esta mujer, que ya habían sido resueltos y que se encontraban en el Tribunal Constitucional.
La afectada formalizó un recurso de amparo interpuesto por el sindicato SATSE a través del abogado Agustín Aguiló. En él argumentaba que se producía una situación de discriminación para los menores hijos de familias monoparentales. En esta ocasión apenas ha habido discusión. El Constitucional sigue lo que ya estableció en una sentencia el pasado noviembre que sirve de base para todos los casos que siguen este mismo patrón. Los magistrados consideran que sí existe esa discriminación y que esta choca frontalmente con el artículo 14 de la Constitución. La sentencia reprocha que, al legislar, no se introdujera ninguna medida correctora para evitar estos casos y que madres biológicas trabajadoras por cuenta ajena y de familias monoparentales pudieran extender ese premiso. «Se genera en silencio una discriminación, en tanto esos menores podrán disfrutar de un periodo de cuidado de sus progenitores significativamente inferior a los nacidos en familias biparentales».
La consecuencia de la sentencia del Constitucional es que anula lo que decidió el Supremo y convierte en firme la del Tribunal Superior de Balears. Eso implica la obligación para la Seguridad Social de reconocer la prestación y abonarla por las diez semanas que había rechazado. Tras este caso y con el criterio fijado por el Supremo varias familias monoparentales de las Islas vieron rechazada su pretensión de extender el permiso. Algunos de esos asuntos están pendientes del examen de los recursos planteados.
8 comentarios
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El socialismo se acaba cuando se acaba el dinero de los demás.
MAS PROMESAS Y MAS PROMESAS MAS DERECHOS Y MAS DERECHOS QUE BONITO HACER REGALOS CON EL DINERO DE LOS DEMAS RECORTE INMINENTE DE PERSONAL EN LAS EMPRESAS QUE PAGUEN LOS QUE PROMETEN SE ACABO LA FIESTA
xxx@XXX Si tuvieses que pagarlo tú ¿estarías contento verdad? Con el dinero de los demás, yo también sería solidario.
Si nacen octillizos ¿tienen 128 semanas de permiso? 16 semanas por 8 hijos = 128 semanas. Eso lo paga la empresa y claro, al empresario hay que hundirlo ¿no? No todos son negreros o explotadores, y no digo que no los haya, pero no todos somos iguales. ¡Ya está bien!
Que pague el empresario …. País de M
¿Y qué hay del permiso de lactancia? ¿También debe disfrutarlo doblemente?
Otra vez la ley esta mal escrita. Ahora la empresa tiene que pagar de su bolsillo las cotizaciones, vacaciones... La normativa deberia dar oportunidad a deducir de las coitzaciones los gastos incurridos mientras el trabajador esta disfrutando de su situacion, y no ser una carga siempre para la empresa, que sea una carga a la Seguridad Social, que para esto esta.
Estás cosas no deberían ni darse, es de pura lógica el derecho de esta mujer. A ver si avanzamos ya de una vez como sociedad