El conflicto está provocado por un antiguo condenado por corrupción en Baleares: el exdirector general de Juventud, Juan Francisco Gálvez. Fue condenado a tres años de cárcel y a diez de inhabilitación para cargo o empleo público en el año 2013 en el ‘caso Turisme Jove’. Aquella causa juzgó cobros de comisiones y trabajos falsos en la administración. Todos los acusados se conformaron en el juicio y Gálvez, luego convertido en arrepentido extendió las acusaciones hasta el expresident del Govern, Jaume Matas, que fue absuelto.
Como consecuencia del juicio, el exdirector general fue expulsado de la función pública. En el año 2002 había accedido a una plaza como funcionario de carrera del cuerpo auxiliar de la comunidad autónoma. Fue expulsado en 2015 como consecuencia de la condena firme. Una vez cumplió la condena de cárcel y de inhabilitación, solicitó reincorporarse a ese puesto y ser rehabilitado. La administración le contestó con una negativa porque la normativa de función pública de Baleares impide recuperar la condición de funcionario una vez perdida. Gálvez acudió al TSJIB asistido por el abogado Óscar Fidalgo.
La Sala de lo Contencioso entiende que existe una contradicción «patente» entre la normativa estatal y la autonómica e interpreta que el Parlament infringió el artículo 149 de la Constitución que prevé competencia exclusiva del Estado sobre las bases del régimen jurídico de las administraciones. Además, el tribunal sí valora que, en este caso se podrían dar esas circunstancias extraordinarias que permitirían rehabilitar a un funcionario. Valora que carecía de antecedentes penales previos y que ha reparado el daño provocado con su conducta sin que conste que se deba ninguna responsabilidad civil al Govern. También tiene en consideración que los delitos cometidos no fueron como funcionario público sino en su condición de alto cargo electivo y que no guardan conexión con esa condición de funcionario. Añade el auto del TSJIB: «Especialmente relevante es el tiempo transcurrido desde la comisión del delito». Tiene en cuenta que se produjeron más de quince años antes de que pidiera volver, «por lo que la lejanía comporta la desconexión temporal con aquellos sucesos».
El último elemento en favor de Gálvez que valora es que la misma administración que le niega la rehabilitación le ha nombrado funcionario interino tras superar un proceso selectivo: «No aprecia que el desempleo de servicios haya de causar quebranto alguno al servicio público». Por esos motivos, el tribunal considera justificada «una valoración favorable» a la vuelta, por lo que toda la decisión del recurso dependerá de la constitucionalidad de la norma autonómica y de lo que diga el Constitucional.
Las claves
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Viajes, comisiones, alquileres y facturas falsas
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De acusado a ‘arrepentido’ contra Matas
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Ingreso en prisión y condena cumplida hace años
48 comentarios
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AngelcaídoNo ,no lo harán, el PP y Vox votarian en contra
AngelcaídoY sabrias decirme que previlegios tienen más que un trabajador " normal "???
Cuando una autoridad o funcionario público comete un delito, se le impone, además de la pena correspondiente, la de inhabilitación especial para ejercer ningún cargo o empleo público. Un funcionario no puede tener antecedentes penales ni judiciales.
No le veo el problema, sin reserva de plaza y que vuelva a opositar. Si a los políticos condenados se les deja volver a presentarse y las urnas son como una prueba sería un agravio que éstos sí y los otros no. Otra cosa es saber como hay tontos que votan a un tío que metió la mano en la caja.
Nos preocupa más esto que los políticos corruptos que si que nos roban! Si este señor ha cumplido con su condena, le corresponde volver.
CapdefavaTotalmente de acuerdo! 100%
El concepto funcionario se debe eliminar. Refugio de vagos y fábrica de gandules ! En España totalmente sobredimensionado , debería estar reservado para cuatro profesiones fundamentales !
Tot corrupte exampat i condemnat fermament, hauria de ser apartat de tot accés a feina pública per sempre més. Així prenen nota els pròxims corruptes potencials, i s'ho pensarien dues vegades. VatuarredéuSagrat d'aprofitats pocavergonyes abusons. Tiu, no ets de fiar. Així que et cerques una feina per lo privat a meam qui et refia de tu, barrut!
Sopa de RollingLee bien: El asunto sobre el que tendrá que pronunciarse el Alto Tribunal es si la legislación de Baleares, que lo impide de forma absoluta, se ajusta a la Constitución o no por su choque con la legislación estatal que sí permite la vuelta de antiguos condenados en casos excepcionales. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL...creo que esta es una LEY QUE LA MAYORÍA QUE TENÉIS EN CONGRESO Y CONSTITUCIONAL OS PERMITE CAMBIAR. Pero no lo haréis 😂😂😂
De funcionario nada, a picar piedra y me da igual si es pepelladra o socialladra.