El ‘caso Turisme Jove’ estalló en 2008 en una operación en la que el exdirector general, Juan Francisco Gálvez, fue detenido, momento que refleja la imagen. En 2013 se conformó a una condena de tres años de prisión en un juicio celebrado en la Audiencia Provincial. | Efe

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El TSJIB plantea al Tribunal Constitucional si es posible reincorporar a funcionarios condenados por corrupción. El asunto sobre el que tendrá que pronunciarse el Alto Tribunal es si la legislación de Baleares, que lo impide de forma absoluta, se ajusta a la Constitución o no por su choque con la legislación estatal que sí permite la vuelta de antiguos condenados en casos excepcionales.

El conflicto está provocado por un antiguo condenado por corrupción en Baleares: el exdirector general de Juventud, Juan Francisco Gálvez. Fue condenado a tres años de cárcel y a diez de inhabilitación para cargo o empleo público en el año 2013 en el caso Turisme Jove’. Aquella causa juzgó cobros de comisiones y trabajos falsos en la administración. Todos los acusados se conformaron en el juicio y Gálvez, luego convertido en arrepentido extendió las acusaciones hasta el expresident del Govern, Jaume Matas, que fue absuelto.

Como consecuencia del juicio, el exdirector general fue expulsado de la función pública. En el año 2002 había accedido a una plaza como funcionario de carrera del cuerpo auxiliar de la comunidad autónoma. Fue expulsado en 2015 como consecuencia de la condena firme. Una vez cumplió la condena de cárcel y de inhabilitación, solicitó reincorporarse a ese puesto y ser rehabilitado. La administración le contestó con una negativa porque la normativa de función pública de Baleares impide recuperar la condición de funcionario una vez perdida. Gálvez acudió al TSJIB asistido por el abogado Óscar Fidalgo.

La Sala de lo Contencioso entiende que existe una contradicción «patente» entre la normativa estatal y la autonómica e interpreta que el Parlament infringió el artículo 149 de la Constitución que prevé competencia exclusiva del Estado sobre las bases del régimen jurídico de las administraciones. Además, el tribunal sí valora que, en este caso se podrían dar esas circunstancias extraordinarias que permitirían rehabilitar a un funcionario. Valora que carecía de antecedentes penales previos y que ha reparado el daño provocado con su conducta sin que conste que se deba ninguna responsabilidad civil al Govern. También tiene en consideración que los delitos cometidos no fueron como funcionario público sino en su condición de alto cargo electivo y que no guardan conexión con esa condición de funcionario. Añade el auto del TSJIB: «Especialmente relevante es el tiempo transcurrido desde la comisión del delito». Tiene en cuenta que se produjeron más de quince años antes de que pidiera volver, «por lo que la lejanía comporta la desconexión temporal con aquellos sucesos».

El último elemento en favor de Gálvez que valora es que la misma administración que le niega la rehabilitación le ha nombrado funcionario interino tras superar un proceso selectivo: «No aprecia que el desempleo de servicios haya de causar quebranto alguno al servicio público». Por esos motivos, el tribunal considera justificada «una valoración favorable» a la vuelta, por lo que toda la decisión del recurso dependerá de la constitucionalidad de la norma autonómica y de lo que diga el Constitucional.

Las claves
  1. Viajes, comisiones, alquileres y facturas falsas

    El ‘caso Turisme Jove’ fue una de las primeras causas de corrupción en emerger en torno al Govern Matas. Estalló en 2008 al detectarse desde viajes pagados por la Administración al pago irregular de alquileres y el cobro de comisiones por parte de los responsables del consorcio Turisme Jove.

  2. De acusado a ‘arrepentido’ contra Matas

    Gálvez pasó de aceptar una condena a ejercer como ‘arrepentido’ y denunciar al expresident Jaume Matas de ordenarle el pago de una de las facturas irregulares a un exconcejal del PP de Calvià. SIn embargo, en el juicio nadie ratificó su versión y Matas fue absuelto de una acusación por la que se le pedían cinco años de cárcel.

  3. Ingreso en prisión y condena cumplida hace años

    Gálvez cumplió tanto su condena de prisión como su pena de inhabilitación que fue fijada por el Tribunal Supremo en ocho años para cualquier empleo y cargo público. Aunque no pudo volver a su puesto sí que logró acceder a un puesto de funcionario interino.